VISTO la presentación efectuada por los Señores Juan Carlos y Carlos Roque Aramendiz, requiriendo la desgravación de la Tasa Vial, de las parcelas 1284, 1283, 1289, de su propiedad y que forma parte del mismo predio sito en el Cuartel IX; y

CONSIDERANDO el informe producido por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de esta Municipalidad, obrante a fs. 30 del expediente n§75/88, comunicando que de la inspección ocular realizada por esa Secretaría, se constató que en la actualidad el sector afectado puede estimarse en un 20 % del predio, incrementándose en épocas de precipitaciones normales, alcanzando la afectación al tercio de la superficie total del campo;

que, el despacho favorable de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de este Honorable Cuerpo;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Exímese por el ejercicio 1989 al Sr. Aramendi Juan Carlos y al Sr. Aramendi, Carlos Roque del pago del 33 % correspondiente a la Tasa por Conservación y Mantenimiento de la Red Vial, con relación a las parcelas afectadas nº1284, 1283 y 1289 que conforman el mismo predio, sito en el Cuartel IX – El Mangrullo.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO a los veintisiete días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve.

ORDENANZA Nº68/89.

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