VISTO la alta inflación ocurrida en los últimos meses, lo que ha provocado grandes incrementos en las Tasas por Servicios Urbanos y ha distorsionado los valores a cobrar a algunos contribuyentes;
que, teniendo en cuenta que en la Ordenanza Impositiva Vigente las mismas se liquidan por metro de frente de cada propiedad; y
CONSIDERANDO que los contribuyentes propietarios de inmuebles en las esquinas y los de localidades del interior (Del Carril, Cazón, Alvarez de Toledo y Polvaredas), son los que m s metros de frente posee y a los que se les hace m s gravoso el pago de este tributo;
que, esta distorsión es motivo de preocupación permanente para este Departamento Ejecutivo, pero dada la dependencia que se pone a la liquidación de tributos a través de una empresa de cómputos de Capital;
que, por lo expuesto se hace necesario fijar una disminución de valores para los casos anteriormente citados, que les permite poder cumplir con sus obligaciones;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Disminúyase a los frentistas propietarios de inmuebles ubicados en las esquinas de la Planta Urbana de Saladillo y a los propietarios de las zonas urbanas de las localidades del Interior (Del Carril, Cazón, Alvarez de Toledo, Polvaredas) en un 50 % en los importes a tributos por la Tasa de Servicio Urbanos (Conservación y Limpieza de la Vía Pública, Mantenimiento de Plazas, Parques y Recolección de Residuos)a partir de la cuota cuyo vencimiento operar el 10 de noviembre de 1989.
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve.
ORDENANZA Nº69/89.