VISTO la solicitud del Banco Local Cooperativo Limitado para la reserva de estacionamiento de uso exclusivo del Banco del frente del edificio en la acera correspondiente al mismo; y

CONSIDERANDO que efectivamente resulta necesario dicha reserva ya que en los horarios bancarios los estacionamientos del lugar se ven cubiertos en su totalidad;

que, la reserva de estacionamiento de uso exclusivo resultan necesarias en entidades bancarias a fin de garantizar mayor seguridad a los transportes de caudales;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Autorízase al Banco Local Cooperativo Limitado la reserva de uso exclusivo durante el horario bancario del estacionamiento del frente del local en la acera correspondiente al mismo.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta y un días del mes de octubre de mil novecientos noventa.-

ORDENANZA Nº76/90.-

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