VISTO el expediente nº27/92 y Alcance 1, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº652/92, correspondiente al “Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos del año 1992”; y

CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 3 de agosto de 1992, el Honorable Cuerpo aprobó dicho presupuesto en general por unanimidad, y en particular, con el voto de la mayoría;

que, ambos Bloques hicieron uso del artículo 27º del Reglamento Interno, efectuándose despachos por la mayoría y la minoría independientemente;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Fíjase en la suma de pesos siete millones novecientos setenta mil ($ 7.970.000) el PRESUPUESTO GENERAL DE EROGACIONES DE LA ADMINISTRACION Y HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE que regirá en las planillas obrantes de fojas 23 a 25 del expediente 652/92 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2º: Estímase en la suma de pesos siete millones novecientos setenta mil ($ 7.970.000) los recursos destinados a la financiación del Presupuesto General de Erogaciones, de acuerdo al detalle que figura en las planillas anexas obrantes de fojas 26 a 27 del expediente nº652/92 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 3º: Apruebanse las planillas de “DETALLE DE SUELDOS INDIVIDUALES y RETRIBUCIONES GLOBALES”, que obran de fojas 28 a 34 del expediente nº652/92 que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 4º: Apruebase la ORDENANZA COMPLEMENTARIA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS, que obran de fojas 35 a 38 del expediente nº652/92, y que forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los tres días del mes de agosto de mil novecientos noventa y dos.-

ORDENANZA Nº39/92.-

VISTO que, por el Artículo 4º) se declara parte integrante de la Ordenanza Nº39/92 a la Ordenanza Complementaria del Presupuesto de Gastos que obran a fojas 35/38 del expediente nº652/92 del Departamento Ejecutivo; y

CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 3 de agosto de 1992 el Honorable Cuerpo aprobó dicha Ordenanza;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

ORDENANZA COMPLEMENTARIA

ARTICULO 1º: Fíjase el sueldo básico para los agentes municipales, mayores de dieciocho (18) años de edad que cumplan el horario normal completo de Administración Municipal, en pesos ciento sesenta y seis con veintitres centavos ($ 166,23), a partir del 1º de enero de 1992 y hasta el 31 de marzo de 1992, y a partir del 1º de abril de 1992, en la suma de pesos ciento noventa y siete con cuarenta y seis centavos ($ 197,46).-

ARTICULO 2º: Para el personal menor de 18 años de edad, las remuneraciones mínimas serán las que se determinan a continuación:

ENERO ABRIL
MARZO 1992 DICIEMBRE 1992

Hasta 15 Años …………………… $ 71.48 84.90
Hasta 16 años …………………… $ 83.12 96.75
Hasta 17 años …………………… $ 93.09 110.57
Hasta 18 años …………………… $ 106.39 130.32

Las promociones dentro de cada escalas serán automáticas y comenzarán a regir a partir del primero del mes siguiente al del que el agente cumpla las edades determinadas en las escalas.-

El sueldo del personal menor, designado o promovido, dentro de las escalas a que alude este artículo, se imputará a cargos vacantes de la escala aprobada para el ejercicio vigente que disponga el Presupuesto, debiendo hacerse constar en los respectivos decretos al sueldo con que se designa al agente y destinar a economías por no inversión los sobrantes que resulten.-

ARTICULO 3º: Fíjase para todo el Personal Municipal, una Bonificación por Antigüedad del tres por ciento (3%) de la remuneración básica por mes y por año de antigüedad.-

Para los agentes comprendidos en la Carrera Medico Hospitalaria se abonará esta “Bonificación” de conformidad a la ley 7878/72 y/o disposiciones reglamentarias.-

ARTICULO 4º: Establecese para los agentes que cumplan Tareas como Encargados de Area, una “Bonificación por Responsabilidad” con retención de cargo, equivalente a la cantidad de módulos que en cada caso se determina y detallan a continuación:

F U N C I O N MODULOS

Encargado Area de Presupuesto ………………………………. 80
Encargado Area de Contabilidad ……………………………… 80
Encargado Oficina de Recaudación ……………………………. 80
Encargado de Impuestos …………………………………….. 80
Encargado Oficina de Guías …………………………………. 80
Encargado Area Tesorería …………………………………… 80
Encargado Despacho Secretaría de Gobierno ……………………. 80
Encargado Despacho Secretaría Privada ……………………….. 80
Encargado Mesa de Entradas …………………………………. 80
Encargado Asuntos Previsionales …………………………….. 80
Encargado Archivo …………………………………………. 80
Encargado Despacho Juzgado de Faltas ………………………… 80
Encargado Catastro Municipal ……………………………….. 80
Encargado Obras Sanitarias …………………………………. 80
Encargado Equipo Computadora Area Contable …………………… 80
Encargado M quinas Computadoras Tasas Municipales …………….. 80
encargado Cementerio ………………………………………. 80
Encargado Mantenimiento Alumbrado Público ……………………. 80
Encargado Area Administración Servicios Urbanos, Viales y mantenim. 80
Encargado Mantenimiento calles y Desagües Planta Urbana ……….. 80
Encargado Higiene Urbana, Barrido Recolección de Residuos ……… 80
Encargado Plazas, Espacios Verdes y Arbolado Público ………….. 80
Encargado Mantenimiento y Conservación Pavimento Planta Urbana …. 80
Encargado Higiene Cementerio ……………………………….. 80
encargado Planta Depuradora, Red y Líquido Cloacales ………….. 80
Encargado Cuadrilla Obras Sanitarias ………………………… 80
Encargado Taller de Electricidad ……………………………. 80
Encargado General del Vivero ……………………………….. 80
Encargado de Campo ………………………………………… 80
Encargado Oficina Liquidación de Tributos ……………………. 80
Encargado Mec nico M quinas Viales ………………………….. 80
Encargado Despacho Secretaría Honorable Concejo Deliberante ……. 80
Encargado Area Promoción Social …………………………….. 80
Encargado Area Asistencia Social Directa …………………….. 80
Encargado Habilitaciones, Vehículos, Patentes de Rodados, Menores y Despacho Carnet Conductor ………………………………………….. 60
Encargado Planta de Agua Potable ……………………………. 60
Encargado Planta Hormigonera ……………………………….. 60
Encargado Taller de Carpintería …………………………….. 60
Encargado Taller Chapa y Pintura ……………………………. 60
Encargado Sección Repuestos ………………………………… 60
Encargado Taller Gomería …………………………………… 60
Mayordomo de Servicio ……………………………………… 60
Capataz de Plantación ……………………………………… 60
Capataz de Injerto ………………………………………… 60
Capataz de Repique ………………………………………… 60
Encargado Semillero ……………………………………….. 44
Encargado de Almácigos …………………………………….. 44

Esta función ser  computable para el pago de la “Bonificación por Anti–
guedad” u otros adicionales, sí est n sujetas a descuentos y generan – –
Sueldo Anual Complementario.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – —

ARTICULO 5º: Fíjase la bonificación prevista en el artículo 198º (Títu–
– – – – – — los) de Ordenanza 1058 Estatuto del Personal Municipal, en-
los siguientes porcentajes:

* 8 % del B sico para los agentes comprendidos en el inciso a) del artí-
culo 35º de la misma Ordenanza.-

* 12 % del B sico para los agentes comprendidos en el inciso b) del artí-
culo 35º de la misma Ordenanza.-

* 16 % del B sico para los agentes comprendidos en el inciso c) del artí-
culo 35º de la misma Ordenanza.-

ARTICULO 6º: Fíjase en el diez por ciento (10 %) las “Bonificaciones por-
– – – – – — Tareas Rotativas” y en el treinta por ciento (30 %) las Bo–
nificaciones por Tareas Nocturnas en los artículos 194º y 195º de la Or–
denanza nº1058/87 – Estatuto para el Personal Municipal.- – – – – – – – –

ARTICULO 7º: Fíjase en el seis por ciento (6 %) sobre el b sico adicional
– – – – – — por “Tareas Insalubres” previstas en el artículo 191º del —
Estatuto del Personal Municipal.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

ARTICULO 8º: Establecese una “Bonificación por Presentismo” para todo el-
– – – – – — personal municipal que no incurra en faltas al trabajo, equi-
valente a la suma de pesos que fija la Ordenanza particular respectiva.–

ARTICULO 9º: El agente que se desempeñe como Sub-Director o categorías in-
– – – – – — feriores que deban cumplir labores extraordinarias, fuera del
horario normal ser  retribuído por hora en función directa del sueldo y de
su jornada habitual de trabajo.-

A los efectos indicados precedentemente, se entiende por sueldo del agente
las retribuciones que este perciba en concepto de sueldo b sico, bonifica-
ción por antiguedad, bonificación por función y otras remuneraciones que –
esten sujetas a aportes jubilatorios, dicho sueldo ser  proporcional a las
horas de desarrollo de sus tareas.-

Cuando el trabajo se realice en horario nocturno y/o días feriados al va–
lor de las horas se le adicionar  un 50 % conforme a la reglamentación que
dicte el Departamento Ejecutivo.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

ARTICULO 10º: Los saldos que arrojan al cierre de cada ejercicio las cuen-
– – – – – – – tas de recursos con afectación, ser n transferidos al ejer–
cicio siguiente incorpor ndolos al C lculo de recursos por Decreto del De-
partamento Ejecutivo.-

Correlativamente se ampliar  el Presupuesto de Gastos, reforzando creditos
de cuentas existentes e incorporando conceptos no previstos.-

En ambos casos se respetar  el destino al que deban ser aplicados los fon-
dos en cuestión.-

La incorporación de saldos afectados al C lculo de Recursos y de nuevos —
conceptos al Presupuesto de Gastos, se efectuar  respetando los nomencla–
dores vigentes respectivos.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

ARTICULO 11º: Fíjase la compensación por Gastos de Representación para el-
– – – – – – – Señor Intendente Municipal en pesos doscientos cuarenta y —
nueve con noventa y cuatro centavos ($ 249.94), a partir del 1º de enero –
de 1992, y hasta el 31 de marzo de 1992, y a partir del 1º de abril de –
1992, en la suma de pesos un mil ciento sesenta y cuatro ($ 1.164).- – —

ARTICULO 12º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese al Registro Ofi-
– – – – – – – cial, c£mplase, publíquese y archívese.- – – – – – – – – – –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO
a los tres días del mes de agosto de mil novecientos noventa y dos.-

ORDENANZA COMPLEMTARIA.-
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