VISTO el expediente nº1/88 – Alc. 1, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual CE.T.I.DI.M. renuncia a la autorización concedida por Ordenanza N§1/88 para la concesión y explotación de una agencia hípica en el distrito; y
CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 19 de octubre del año 1992, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja derogar la citada norma;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Derógase la Ordenanza Nº1/88, promulgada bajo el nº1069/88, mediante Decreto nº15/88, por expreso pedido de la Institución beneficiada por dicha norma.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos.-
ORDENANZA Nº73/92.-