VISTO el expediente nº145/93, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente nº193/93, a través del cual eleva solicitud de eximisión de Tasas Municipales a favor del Club Atlético Huracán a partir del año 1987 hasta la fecha; y

CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 1º de noviembre del año 1993, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja autorizar la eximición de Tasas Municipales, correspondiente al año 1993;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Exímase del pago de las Tasas Municipales, correspondientes al año 1993, al Club Atlético Huracán.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a Primero de noviembre de mil novecientos noventa y tres.-

ORDENANZA Nº61/93.-

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