VISTO el expediente nº126/94, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº829/94, por el cual eleva proyecto de Ordenanza prorrogando la bonificación del 12 % de descuento durante el periodo fiscal 1994 a aquellos contribuyentes de las Tasas Municipales de Servicios Sanitarios, Servicios Urbanos y Conservación y Mantenimiento de la Red Vial Municipal que no registren deudas;

que, la necesidad de hacer un reconocimiento a aquellos contribuyentes que no registran deuda por Tasas Municipales;

que, es necesario prorrogar el descuento que se realiza a aquellos contribuyentes que no tienen deuda con el Municipio; y

CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 19 de setiembre del año 1994, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar el mencionado proyecto elevado por el Departamento Ejecutivo;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Prorrogase la bonificación del 12 % de descuento durante el periodo fiscal 1994 a aquellos contribuyentes de las Tasas Municipales de Servicios Sanitarios, Servicios Urbanos y Conservación y Mantenimiento de la Red Vial Municipal que no registren deuda con este Municipio a las fechas de vencimientos de las respectivas Tasas.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y cuatro.-

ORDENANZA Nº63/94.-

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