VISTO el expediente nº49/90 – Alcance 1,iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº595/95, a través del cual eleva nota solicitando la reforma de la Ordenanza de Concesión del Servicio Eléctrico; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 29 de mayo del año 1995, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja modificar el artículo 2º de la Ordenanza Nº 101/94;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Modifícase el artículo 2º de la Ordenanza Nº101/94, al que sé agregar  lo siguiente:

“Para los consumos especificados con los Códigos 1.3. , 2.3. , 3.3.5.1. y 5.2. se aplicar  la tarifa de capitalización vigente, hasta un consumo de 5000 Kwh/mes”.-

“El consumo excedente de 5000 Kwh/mes, en los códigos señalados quedar  exento del pago de cuota de capitalización”. –

ARTICULO 2º: El resto del articulado de la Ordenanza Nº101/94 no se modifica.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cinco.-

ORDENANZA Nº9/95.-

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