VISTO el expediente nº74/95, iniciado por el Concejal Joaquín Ripoll -Bloque U.C.R.-, mediante el cual eleva proyecto de Ordenanza referente a modificar el sentido de circulación en parte del recorrido de la Avenida Leandro N. Alem;
que, constituye una obligación del Municipio propender a mejorar, en todo aquellos aspectos que tienen que ver con la seguridad en el tránsito, sea este vehicular o peatonal;
que, el crecimiento demográfico de la zona en cuestión, ha adquirido una relevante importancia y que además ha significado un considerable incremento de vehículos que circulan por la mencionada Avenida, así como también el estacionamiento en doble mano con lo que se reduce la franja de circulación;
que, como consecuencia de esta situación es común observar en la zona permanentes congestionamientos acompañados de peligrosas maniobras por parte de aquellos automovilistas que circulan por la Avenida L.N.Alem en el tramo comprendido desde la Avenida Mariano Moreno hasta la Avenida Cabral, con el consabido riesgo que esto significa tanto para automovilistas como así también para los peatones;
que, el ordenamiento del sentido de circulación de la Avenida Leandro N. Alem traería solución a la problemática que allí se plantea y que es una permanente preocupación por parte de los vecinos que habitan y/o circulan por este sector de la mencionada avenida; y
CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 26 de junio del año 1995, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja la aprobación del proyecto con la salvedad de que el sentido de circulación establecido en el artículo 1º se implemente en el sentido de los números crecientes desde Avenida Moreno hasta Avenida Cabral y considerando que el flujo de tránsito disminuye notablemente en el tramo desde Avenida Cabral hasta Saavedra y por otra parte aún no se ha pavimentado el tramo de calle Martín Fierro a Saavedra, se sugiere mantener transitoriamente en ese sector la doble circulación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Establécese sentido único de circulación de la Avenida Leandro N. Alem, en el sentido creciente de las numeración de las cuadras, desde Avenida Moreno hasta Avenida Cabral.-
ARTICULO 2º: Establécese el estacionamiento en doble mano en todo el recorrido de la Avenida Leandro N. Alem.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiseis días del mes de junio del año mil novecientos noventa y cinco.-
ORDENANZA Nº15/95.-