VISTO el expediente N°262/96, iniciado por el concejal José Luis Salomón – Bloque U.C.R. -, mediante el cual eleva proyecto de Ordenanza referente a reglamentar el sentido de circulación del tránsito para las nuevas calles internas surgidas de la implantación de importantes Barrios de Viviendas;
que, la diagramación original del amanzanamiento de la Planta Urbana de Saladillo se ha visto alterado en los últimos años originado por la implantación de importantes Barrios de Viviendas;
que, dichos Barrios o Complejos Habitacionales, demandó un mejor aprovechamiento de las tierras disponibles para permitir un asentamiento o densidad poblacional superior a la media normal en nuestra ciudad,
que, tal situación motivó la subdivisión de algunas manzanas y en consecuencia la apertura de calles internas con un desarrollo circunscripto por los límites de cada Barrio,
que, a los efectos de contribuir con el Ordenamiento del Tránsito en nuestra ciudad, resulta necesario establecer los sentidos de circulación del tránsito de las calles internas abiertas, originadas por los Barrios: “Centro Unión Empleados de Comercio (C.U.E.C.)I y II Etapas; 272 Viviendas y 96 Viviendas;
que, así mismo existen otras calles normales que no se encuentran contempladas en la Ordenanza de Tránsito N°135/84;
que, muchas de estas arterias se encuentran pavimentadas y otras, seguramente formarán parte de futuros planes de pavimentación municipal;
que, los sentidos de circulación del tránsito se definen como ascendente y descendente según el sentido de crecimiento de la numeración domiciliaria; y
CONSIDERANDO que la Décima Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 21 de octubre de 1996, el honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad que aconseja la sanción del mencionado proyecto de Ordenanza;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Reglaméntase el “SENTIDO DE CIRCULACIÓN DEL TRANSITO” para las nuevas calles internas surgidas de la implantación de los asentamientos habitacionales: Barrio Centro Unión Empleados de Comercio, I y II; Barrio 272 Viviendas y Barrio 96 Viviendas; de acuerdo al siguiente detalle:
BARRIO CENTRO UNION EMPLEADOS DE COMERCIO:
Calle Intermedia: M.L. Serrano – M.T. de Alvear…Ascendente – Una mano
Calle Intermedia: M.T. de Alvear- Av.I.Frocham …Ascendente – Una mano
BARRIO 272 VIVIENDAS
Calle Intermedia: Sarmiento – Almafuerte……….Descendente- Una mano
Calle Intermedia: Almafuerte – L.N.Alem………..Ascendente – Una mano
BARRIO 96 VIVIENDAS
Calle Intermedia: G. Costa – E. Reynoso………..Descendente- Una mano
Calle Intermedia: E. Reynoso – M. Campaña………Descendente- Una mano
Calle Intermedia: M. Campaña – A. Roigt………..Ascendente – Una mano
ARTICULO 2°: Reglaméntase el “Sentido de Circulación de Tránsito” de las calles de planta Urbana no especificadas en la Ordenanza N°135/84 (782/84), artículo 2°: Sector del Barrio Obrero; de acuerdo al siguiente detalle:
BARRIO OBRERO:
Calle L.Alem desde: I. Frocham Hasta A. Roigt…..Ascendente – Una mano
Calle Almafuerte desde: Sanguinetti hasta Reynoso.Descendente- Una mano
Calle P. Segui desde: Sanguinetti hasta Buteler…Ascendente – Una mano
Calle Etchegoyen desde:Sanguinetti hasta Buteler.Descendente- Una mano
Calle J.C. Demaría desde: Sanguinetti hasta Interm.
(G. Costa – E. Reynoso)………………………Ascendente – Una mano
Calle G. Costa desde: Rivadavia hasta L. Alem…..Descendente- Una mano
Calle E. Reynoso desde: J.Etchegoyen hasta L.Alem.Ascendente – Una mano
Calle M. Campaña desde: J.Etchegoyen hasta L.Alem.Descendente- Una mano
Calle San Martín desde: Etchegoyen hasta Mitre….Descendente- Una mano
Calle Buteler desde: Etchegoyen hasta Rivadavia…Ascendente – Una mano
Avda. A. Roigt desde Etchegoyen hasta Alem……………….Doble mano
Calle intermedia: R. Zamorano – O. Sanguinetti……………Doble mano
ARTICULO 3°: Reglaméntase el “El Sentido de Circulación de Tránsito” de otras calles de la Planta Urbana no especificadas en la Ordenanza N°135/84 (782/84) artículo 2°; de acuerdo al siguiente detalle:
Calle J.Suquía: en todo su recorrido ……………………Ascendente
Calle Dassatti: en todo su recorrido ……………………Descendente
Circunvalación exF.C.Roca entre Belgrano y Moreno…………Doble mano
Calle Intermedia Plaza H. Yrigoyen entre Belgrano y Moreno…Doble mano
ARTICULO 4°: Una vez concluida la pavimentación completa de la Avenida L.Alem entre las avenidas Cabral y Saavedra, la circulación del tránsito será de una sola mano en el sentido ascendente.
ARTICULO 5°:Reglaméntase igual sentido de circulación del tránsito para las futuras ampliaciones de las arterias que surjan como consecuencia de la subdivisión de tierras, motivada por los terrenos del Barrio de las 200 viviendas de la Cooperativa Esperanza, los terrenos del Plan Familia Propietaria, como así también, por toda otra ampliación de la Planta Urbana que pudiera surgir en el futuro.
ARTICULO 6°:La presente Ordenanza complementa a las Ordenanzas de Tránsito que reglamenta los sentidos de circulación N°135/84 y 15/95.
ARTICULO 7°:Forma parte integrante de la presente Ordenanza el plano de la Planta Urbana de Saladillo, con los sentidos de circulación del Tránsito propuesto.
ARTICULO 8°:Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiún días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis.
ORDENANZA N°51/96.-