VISTO el expediente nº 151/99, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1181/99, que eleva proyecto de Ordenanza donando a favor del Centro de Unión Empleados de Comercio de Saladillo, 36 lotes de terrenos;

que, la presentación realizada por el Centro de Unión de Empleados de Comercio para construir un barrio de viviendas en la ciudad de Saladillo;

que, esta institución ya ha concretado emprendimientos de este tipo en nuestra ciudad con resultados satisfactorios;

que, el estado municipal debe propender por sí mismo y/o a través de asociaciones intermedias a paliar el déficit habitacional existente en nuestro medio, tal es el caso del C.U.E.C.;

que, la construcción de viviendas generará mano de obra local y también el comercio de Saladillo tendrá la posibilidad de ofrecer sus servicios;

que, la transferencia a título gratuito y con el cargo de que los terrenos sean destinados a los fines expuestos al C.U.E.C. contribuirá de un modo decisivo para que el proyecto encarado por esta entidad se materialice a la brevedad;

que, de acuerdo al informe de la Secretaría de Obras Públicas es factible la ampliación de los servicios básicos para la implantación de viviendas;

que, el día 26 de septiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 30 de agosto de 1999, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar el proyecto de Ordenanza en cuestión;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Dónase a favor del CENTRO DE UNION DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE SALADILLO 36 (treinta y seis) lotes de terrenos cuyas nomenclaturas catastrales son las siguientes:

Circunscripción I, Sección H, Chacra 198, Manzana 198x, Parcelas: 1 a 18.-
Circunscripción I, Sección H, Chacra 198, Manzana 198y, Parcelas: 1 a 12.-
Circunscripción I, Sección H, Chacra 198, Manzana 198v, Parcelas: 1 a 6.-

Los 36 lotes mencionados se hallan indicados en el plano aprobado por la Dirección de Geodesia identificado con el número 93-34-86.-

ARTICULO 2º: La cesión dispuesta en el artículo 1º se hace con cargo a la construcción en un barrio de viviendas de 36 unidades otorgándose un plazo máximo de 2 (dos) años contados a partir de la sanción de la presente para la realización del proyecto.- Transcurrido dicho plazo y no habiéndose cumplimentado el cargo, el dominio de las tierras quedará retrotraído de pleno derecho a nombre de la Municipalidad de Saladillo.-

ARTICULO 3º: Las viviendas a construirse deberán contar como mínimo con los siguientes servicios de infraestructura;

a) Energía Eléctrica domiciliaria;
b) Agua Corriente;
c) Entubado total del canal de desagües existente sobre la calle Yrigoyen;
d) Alumbrado Público (1 columna de alumbrado cada 30 metros).-
e) Cordón cuneta de hormigón simple en todas las calles.-
f) Desagües Cloacales: No se autorizarán ampliaciones de la red colectora domiciliaria, por lo tanto deberán construirse pozos absorbentes individuales con cámara séptica.-

ARTICULO 4º: Autorízase al Poder Ejecutivo a suscribir Convenios con el Centro de Unión de Empleados de Comercio de Saladillo y/o la Asociación Civil “Consorcio San Justo” con el único fin de facilitar la ejecución de las obras de infraestructura.-

ARTICULO 5º: Denomínase al Barrio a construir “26 de Septiembre”.-

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve.-

ORDENANZA Nº 27/99.-

Buscar proyecto por concejal