VISTO los expedientes Nº 117/03 y 250/04, iniciados por el Departamento Ejecutivo mediante expedientes nº 3023/03 y 3789/04, respectivamente, que eleva Decreto Nº 268/03, imponiendo el nombre “Dr. Francisco Emparanza” al Parque de las Aguas Corrientes;
que, la labor realizada por el Dr. Francisco Emparanza a lo largo de su dilatada trayectoria;
que, el pueblo de Saladillo le debe un justo homenaje por cuanto fuera uno de los hombres públicos que más hizo por su comunidad;
que, el Dr. Francisco Emparanza naciera en la ciudad de Saladillo el 15 de septiembre de 1871, egresando de la Facultad de Ciencias Médicas de Buenos Aires con diploma de honor;
que, su labor en la vida pública lo ha destacado como una de las figuras más relevantes a nivel político provincial y nacional, siendo diputado en ambas cámaras, ministro de Obras Públicas Provincial y miembro del Consejo General de Educación;
que, en nuestra comunidad se ha desempeñado como Intendente, en cuya gestión se construye el palacio municipal, funda el Hospital Dr. Posadas y apoya decididamente la construcción del nuevo templo;
que, su impronta ha quedado marcada en la fundación del Colegio Nacional, en la construcción del edificio de correos y en la instalación del servicio de aguas corrientes;
que, por todo esto constituye un acto de justicia el bautizar al Parque de las Aguas Corrientes a quien fuera la figura clave en el desarrollo del servicio sanitario de nuestra ciudad, entre otras muchas razones; y
CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 16 de octubre de 2007, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión Transitoria de Designación de Calles y Sitios Públicos que aconseja sancionar los Decretos elevados por el Departamento Ejecutivo ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante a través de una Ordenanza;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Impóngase el nombre “Dr. Francisco Emparanza” al Parque de las Aguas Corrientes del Partido de Saladillo.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil siete.-
ORDENANZA Nº 55/07.-