VISTO la Ordenanza Nº 18/09, que se ha cumplido el plazo previsto en su artículo 1º; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 21 de julio de 2009, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja sancionar una Ordenanza;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Prorróguese exclusivamente el cese de las actividades programadas por la Municipalidad de Saladillo, por el término de once (11) días, a partir del 23 de julio de 2009 y sujeto a renovación de acuerdo a la evolución de la Pandemia.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil nueve.-
ORDENANZA Nº 23/09.-