VISTO que producida la reincorporación de los obreros dejados cesantes por el proceso en la Región VI de Vialidad, no han sido ubicados en su categoría pese a los reclamos del personal; y

CONSIDERANDO que por haber sido perseguidos por un régimen dictatorial no existen razones para perjudicar a los obreros en su ubicación y salario, máxime considerando que efectúan la labor anterior;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTICULO 1°: Solicítase al Señor Administrador General de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires contempla la ubicación dentro de las disposiciones legales vigentes, la reubicación de los siguientes operarios, los que desempeñan funciones en al Región VI: Bítola Francisco Osmar – Legajo 218602; Capponi José Nazareno- Legajo 218638; Carullo Mario Ismael – Legajo 150928; de Iraola Julio Jorge – Legajo 218675; Fosco Edgardo Osmar – Legajo 218710; García Raúl Miguel – Legajo 218748; Pages Angel Augusto – Legajo 218914; Romero Luis – Legajo 218949; Spavento Ramón Alberto – Legajo 219036; Valverde Omar Luján – Legajo 219076.

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y ocho.

RESOLUCIÓN N° 17/88.-

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