VISTO el expediente N° 84/91, iniciado por el Bloque de Concejales Justicialista referente a proyecto de Comunicación sobre jubilados y pensionados Municipales;
que, la necesidad planteada por los jubilados y pensionados municipales quien se ven perjudicados en sus haberes al no contar el Instituto de Previsión Social, con la información necesaria a los efectos de la liquidación correspondiente;
que, las Ordenanzas que modifican los niveles de remuneración de los Empleados Municipales no son informadas con la rapidez requerida; y
CONSIDERANDO que los jubilados y pensionados municipales ven afectados sus ingresos toda vez que el Instituto de Previsión Social no cuenta con la información ut supra mencionada;
que, la inquietud fue canalizada a través de este Honorable Cuerpo por no encontrar eco dentro de la estructura Sindical;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTICULO 1°: Elévase al Instituto de Previsión Social copia de la Comunicación N° 16/91, que como Anexo I, forma parte de la presente.
ARTICULO 2°: Recomiéndase la actualización en tiempo y forma de los haberes de los jubilados y Pensionados Municipales.
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, al Ministerio de Acción Social de la Provincia de Buenos Aires; al Instituto de Previsión Social; al Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos noventa y uno.
RESOLUCIÓN N° 11/91.-
 
                        