VISTO el expediente nº 120/97, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante de Tres Arroyos que eleva Resolución Nº 603/97 solicitando al Presidente de la Honorable Cámara del Senado de la Provincia de Buenos Aires la aprobación de la Ley de Salud Mental; y
CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 7 de julio de 1997, este Honorable Cuerpo aprobó una Resolución adhiriendo a la misma;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Adhiérase a la Resolución Nº 603/97 del Honorable Concejo Deliberante de Tres Arroyos por la que se dirige a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires para solicitarle el pronto tratamiento y aprobación de la Ley de Salud Mental, que tiene media sanción de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia.-
ARTICULO 2º: Comuníquese a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, al Honorable Concejo Deliberante de Tres Arroyos, al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete.-
RESOLUCION Nº 42/97.-