VISTO el expediente nº 48/03, iniciado por el Concejal Jorge Faretta -Bloque Alianza-, que eleva proyecto de Resolución solicitando al Registro Nacional de las Personas la pronta normalización en la entrega de los documentos;
que, las autoridades locales del Registro Provincial de las Personas manifiestan públicamente la falta de documentos para personas recién nacidas;
que, la mencionada falencia también se presenta en las demás delegaciones existentes en la Provincia de Buenos Aires;
que, los vecinos de nuestra localidad elevan sus quejas con toda razón y presentan ante las distintas autoridades locales los problemas y trastornos que les ocasiona la falta de documentos para sus hijos y otros que habiendo realizado el trámite hace mucho tiempo, no pudieron contar con su documento el día 27 de abril y por lo tanto se vieron imposibilitados de votar;
que, las autoridades locales del Registro Provincial de las Personas han realizado los reclamos correspondientes para la obtención de los nuevos documentos y han recibido como respuesta de la superioridad que existe en realidad una falta de stock de documentos;
que, es obligación del Registro Nacional de las Personas proveer a las delegaciones locales del Registro Provincial de las Personas, de los documentos para los recién nacidos como también para los ciudadanos que los han tramitado con mucho tiempo de anticipación y han tenido problemas en la última elección del 27 de abril que no pudieron votar por no contar con los mismos; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 29 de mayo de 2003, este Concejo Deliberante sancionó por unanimidad el mencionado proyecto de Resolución;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase a las autoridades del Registro Nacional de las Personas la pronta normalización en la entrega de los documentos, a los efectos de poder resolver a la brevedad la grave situación por la que están atravesando las distintas reparticiones locales y terminar con los trastornos que le provoca a la población la falta de libretas.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Registro Nacional de las Personas, al Registro Provincial de las Personas y al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil tres.-
RESOLUCION Nº 7/03.-