VISTO el expediente nº 174/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante expediente nº 4459/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio de Obra, suscripto entre la Municipalidad de Saladillo, la Cooperativa Eléctrica de Saladillo y Trabajadores Municipales afiliadas al Sindicato de Trabajadores Municipales;
que, el Convenio de Obra suscripto con fecha 17 de mayo de 2018 entre la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, la Municipalidad de Saladillo y los trabajadores municipales afiliados al Sindicato de Trabajadores Municipales que resultaron adjudicatarios de inmuebles mediante Ordenanza Nº 6/2014 (Texto Ordenando Ordenanza Nº 24/2018);
que, el mismo tiene por objeto el abastecimiento por parte de la Cooperativa de la potencia requerida y el tendido de línea de distribución en baja tensión en las parcelas originadas mediante plano de mensura 93-32-2013, correspondiente al inmueble designado catastralmente como Circunscripción I; Sección G; Chacra 171; Fracción 2; Parcela 2a;
que, esta obra llevará el fluido eléctrico a un número importante de vecinos;
que, el presupuesto de la obra asciende a la suma de pesos un millón trescientos cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y siete con 59/100 ($ 1.356.847, 59);
que, es política decidida del Departamento Ejecutivo apoyar, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, todas las obras de infraestructura eléctrica que supongan un incremento de las líneas troncales, con el objeto de beneficiar a la mayor cantidad de habitantes y establecimientos productivos;
que, en este caso, y en virtud de la magnitud de la obra y la cantidad de vecinos beneficiados, el Departamento Ejecutivo decide realizar un aporte de pesos quinientos setenta y tres mil ochocientos cuarenta y siete con 59/100, quedando a cargo de los adjudicatarios de los inmuebles abonar el importe faltante hasta cubrir la suma presupuestada por la Cooperativa;
que, conforme a lo normado por el artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades el convenio en cuestión debe ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 3 de julio de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Apruébese el Convenio de Obra, y sus respectivos Anexos, suscripto con fecha 17 de mayo de 2018 entre la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, la Municipalidad de Saladillo y los trabajadores municipales afiliados al Sindicato de Trabajadores Municipales que resultaron adjudicatarios de inmuebles mediante Ordenanza 6/2014 (Texto Ordenando Ordenanza Nº 24/18), obrante a fs. 2/9 del presente expediente.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los tres días del mes de julio del año dos mil dieciocho.-
ORDENANZA Nº 48/2018.-