PROYECTO DE RESOLUCION
VISTOla reciente Resolución Nº 1736/18 de la Dirección General de Cultura y Educación, que modifica la organización y el trabajo de los EOE (Equipos de Orientación Escolar) y las diversas manifestaciones de repudio realizadas por las comunidades educativas, los gremios representantes del sector y los propios docentes afectados, y
CONSIDERANDO:
Que la resolución N° 1736/18, firmada por el Director General de Cultura y Educación Gabriel Sánchez Zinny y el Director de la Modalidad de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social Santiago Javier Fraga,sostiene que: “los cargos que integran los Equipos de Orientación Escolar deberán considerarse a partir del dictado de la presente como Equipos Orientadores Escolares de Distrito (EOED)”;
Que la Ley Nacional de Educación Nº 26206 en su art. 1º regula el ejercicio del derecho a enseñar y aprender consagrado por el artículo 14º de la Constitución Nacional;
Que la Ley Provincial de Educación Nº 13688 en el art. 43º,inciso g, “prevé la conformación de EQUIPOS de ORIENTACIÓN ESCOLAR en todos los establecimientos educativos a los efectos de intervenir en la atención de problemáticas sociales, institucionales y pedagógicas- didácticas que involucren alumnos y grupos de alumnos”;
Que la Ley Nº 13298 en su art. 5º prescribe que la Provincia promoverá la remoción de todos los obstáculos de cualquier orden que, limitando de hecho la igualdad y la libertad, impidan o entorpezcan el pleno desarrollo de los niños;
Que la Resolución Nº 3367/05 de la Dirección General de Cultura y Educación, que determina la conformación de las P.O.F (Plantas Orgánico Funcionales), indica que cada escuela debe tener un Equipo de Orientación Escolar;
Que las funciones de los EOE (Equipos de Orientación Escolar) están definidas de acuerdo a la Disposición Nº 76/2008 emitida por la Dirección de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación;
Que el espíritu de dicha norma propone un abordaje especializado fortalecedor de los vínculos que humanizan la enseñanza y el aprendizaje promoviendo la defensa de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos, dentro y fuera del ámbito escolar;
Que los EOE (Equipos de Orientación Escolar) están conformados por orientadores/as educacionales, orientadores/as sociales, Maestros/as Recuperadores u orientadores/as de los aprendizajesy de ser posible fonoaudiólogos/as u orientadores/as fonoaudiológicos/as y médicos/as u orientadores/as médicos/as;
Que el trabajo en equipo implica la articulación e interdisciplinariedad de sus integrantes para el logro de una meta en común, en relación de igualdad y complementariedad, entendiendo la interdisciplinariedad como una forma de conocimiento aplicado que se produce en la intersección de uno o más saberes, en el abordaje de un hecho o una situación problemática;
Que en lo cotidiano, los Equipos de Orientación Escolar institucionales facilitan, a los directivos y docentes de las escuelas, el conocimiento de la comunidad educativa, dado que ponen en relieve las características sociales, económicas y culturales de las familias que la componen y en consecuencia colaboran en el diagnóstico de las características del alumnado;
Quela aplicación de la Resolución Nº 1736/18, que implica pasar de Equipos de Orientación Escolar Institucionales a Equipos de Orientación Escolar Distritales, trae aparejado que los EOE puedan ser trasladados en cada ciclo lectivo a otro establecimiento educativo lo que genera rupturas de pertenencia y trayectoria institucional;
Que con la Resolución en cuestión se disuelven los avances de los equipos interdisciplinarios que hoy atienden las problemáticas de los y las estudiantes de una institución en particular, pasando a rotar por distintas instituciones educativas de cada distrito, modificando sustancialmente la posibilidad de trabajar según las especificidades que la tarea de los EOE requiere;
Que los EOE desarrollan una tarea fundamental en cada escuela a partir del abordaje de las múltiples problemáticas económicas, familiares y sociales por la que atraviesan las niñas, niños, adolescentes y jóvenes de nuestra comunidad que impactan desfavorablemente en sus trayectorias escolares y que en tal sentido la nueva Resolución trae aparejados problemas tales como: imposibilidad de fortalecimiento de vínculos que humanizan la enseñanza y el aprendizaje, imposibilidad de arraigo en la comunidad educativa como de continuidad en el tiempo para atender problemáticas puntuales;
Que a partir de dicha Resolución se precarizan los procesos de intervención en términos de deshistorización de los mismos y deconstrucción de los vínculos afectivos con las niñas, niños, adolescentes y jóvenes y sus familias;
Que la Resolución Nº 1736/18 implica la posibilidad de la NO creación de los cargos faltantes de EOE, ya que no sólo plantea que pasen a ser de distrito pudiendo así redistribuir los existentes sino que además permite la posibilidad de cubrir una institución educativa con un solo docente como EOE;
Que en tal sentido esto también implica un retroceso en el enfoque interdisciplinario y la especificidad de roles al permitir reducir un EOE a un solo docente, acabando así con la lógica del trabajo en equipo;
Que por otro lado la D.G.C.yE. desconoce los ámbitos de participación e incidencia de los docentes, tales como la mesa paritaria, la mesa de cogestión, la mesa de gestión socioeducativa, ya que dicha Resolución fue dictada de manera unilateral, sin consulta previa alguna;
Que bajo las expresiones “ordenamiento administrativo” y “optimización de recursos” esta medida planteada viene a desarticular, fragmentar y pauperizar el trabajo y las condiciones laborales de los y las docentes de PsicologíaComunitaria y Pedagogía Social;
POR TODO ELLO, los Concejales de UNIDAD CIUDADANA ponen a consideración del Honorable Concejo Deliberante de Saladillo el siguiente:
PROYECTO DE RESOLUCION
ARTICULO 1º:Manifestar el repudio a la Resolución N° 1736/18 de la Dirección General de Cultura y Educación, que sostiene que “los cargos que integran los Equipos de Orientación Escolar deberán considerarse a partir del dictado de la presente como Equipos Orientadores Escolares de Distrito (EOED)”.
ARTICULO 2º: Solicitar a la Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires, María Eugenia Vidal y a las autoridades de la Dirección General de Cultura y Educación, tengan a bien tomar todas las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento efectivo del Art. 43º de la Ley Provincial de Educación Nº 13688.
ARTICULO 3º: Comunicar la presente a la Dirección General de Cultura y Educación, y por su intermedio al Sr. Director Gabriel Sánchez Zinny, a la Jefatura Distrital, y a cada una de las entidades gremiales docentes del distrito.
ARTICULO 4º:De Forma.
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