VISTO el expediente nº 41/2017, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente nº 1397/2017, quién eleva Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y la Dirección Provincial de Hidráulica de la Provincia de Buenos Aires para la realización del estudio de Desagües Pluviales -Etapa lV-;

 

que, se trata de un Convenio de Asistencia Técnica para la elaboración de un estudio de desagües pluviales de la localidad de Saladillo- Etapa IV-;

 

que, la Etapa IV comprende un cuadrante limitado por la Avenida Ledesma, Calle Arrospide, José Ingenieros y Avenida Saavedra;

 

que, la zona a estudiar comprende una parte del área urbana y semiurbana de la ciudad, que se encuentra en continuo desarrollo y densificación; con una pendiente de terreno natural baja que carece de un marco hidráulico general y que ha sido gravemente perjudicada en la inundación de agosto del 2015;

 

que, entendiendo que dicha zona se encuentra en una situación crítica desde el punto de vista hidráulico, es necesario comenzar a trabajar la cuestión con seriedad, compromiso y con la mayor celeridad, en la medida de lo posible;

 

que, previo a cualquier ejecución de obras importantes, es necesario contar con un estudio que establezca un diagnóstico, para determinar qué tipo de obra de saneamiento hidráulico requiere la zona;

 

que, teniendo en cuenta las mencionadas características del área, se trata de un estudio de complejidad elevada que excede la capacidad técnica, profesional e instrumental del Municipio para llevarlo a cabo en el transcurso de tiempo que la situación amerita;

 

que, se entiende que la elaboración del anteproyecto de desagües pluviales de la localidad de Saladillo- Etapa IV-, constituye un paso previo y fundamental a la ejecución de la correspondiente obra de saneamiento hidráulico y única forma de brindar una adecuada solución a las problemáticas de anegamiento;

 

que, por todas las consideraciones expuestas, el Departamento Ejecutivo procedió a suscribir el convenio ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, deviniendo necesaria la posterior aprobación del mismo por parte de dicho cuerpo deliberativo, conforme a lo normado por el artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades a efectos de dotarla de operatividad; y

 

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 02 de mayo de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

 

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

 

O R D E N A N Z A

 

 

ARTICULO 1º: Apruébase el Convenio de Asistencia Técnica entre la Dirección Provincial de Obra Hidráulica de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Saladillo, para la realización del Estudio de Desagües Pluviales de la Localidad de Saladillo-etapa IV-; que obra a fojas 3/9 del mencionado expediente.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dos días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.-

 

ORDENANZA Nº  13/2017.-

 

Buscar proyecto por concejal