VISTO el expediente nº 248/2016, iniciado por el Departamento Ejecutivo, quién eleva nota solicitando modificar el articulado de la Ordenanza nº 54/2016 referente a la creación de un Observatorio de Estadísticas y un Banco Municipal de datos; y

 

CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta  Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 25 de octubre de 2016, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar una Ordenanza que modifique el articulado;

 

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

 

O R D E N A N Z A

 

 

ARTICULO 1°: Agréguese como Artículo 3º  y 4º de la Ordenanza nº 54/2016, el siguiente texto:

 

 

“ARTICULO 3°:  El Departamento Ejecutivo contará con un plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la sanción de la presente, para poner en funcionamiento el Observatorio creado en el Artículo 1º.-

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese”.-

 

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese”.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.-

 

ORDENANZA Nº 70/2016.-

 

 

 

 

 

 

 

Buscar proyecto por concejal