VISTO

 

Que Saladillo cuenta con Héroes de la Patria, reconocidos así y en consecuencia condecorados por el Congreso Nacional Argentino, que han participado en la guerra por la recuperación temporal de la soberanía Argentina sobre nuestras Islas Malvinas, Georgia y Sándwich del Sur.

 

 

CONSIDERANDO

 

Que si bien han tenido distintos reconocimientos, nunca serán suficientes a la hora de seguir “Malvinizando” nuestra localidad.

 

Que dichos Héroes de Malvinas son; Gorosito Héctor Omar, Silvestre Jorge Enrique, Mengarelli Marcelo Fabián, Ni Coló Guillermo Raúl, Orsi Juan Carlos, Bemba Javier Anibal, Mulatero luis Antonio, Chidichimo Hugo Daniel y Juan Carlos Ruviera.

Que el reconocimiento a dichos Héroes de Malvinas, servirá para seguir fortaleciendo nuestra memoria e historia, sobre todo, la de los más jóvenes.

 

Como así también,  para seguir educando a nuestra sociedad en la importancia que conllevan Las Islas Malvinas para nuestro país, desde el punto de vista geográfico, estratégico, político y sentimental y que nunca renunciaremos ni claudicaremos en reclamar por la vía pacífica el derecho que nos pertenece sobre ese territorio parte de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e islas del atlántico sur. .

 

Que dicho reconocimiento será, un agradecimiento del pueblo de Saladillo, a quienes dieron su vida por nuestra Patria.

 

 

Por todo lo expresado, el Bloque Cambiemos de Saladillo eleva el siguiente

 

 

PROYECTO DE ORDENANZA

 

 

ARTÍCULO 1°: Colóquese en las señaléticas de tránsito, en las inmediaciones de las casas que vivan o hayan vivido o Colegios donde hayan estudiados los Héroes de Malvinas de nuestra localidad, una señalética que diga “(arriba: en esta escuela estudió, en esta cuadra vivió, en esta cuadra vive) (abajo): NOMBRE Y APELLIDO, (abajo) Veterano de Guerra.”.

ARTÍCULO 2°: Lo establecido en esta Ordenanza no es de cumplimiento obligatorio para el municipio y tampoco para los Veteranos de guerra. El Poder Ejecutivo autorizará sin más trámite la solicitud de cada Veterano o Familiar, solicitada formalmente ante la Subsecretaría de Cultura de Saladillo.

ARTÍCULO 3°: Dicha señalética, tendrá que ser colocada por debajo de las señaléticas de tránsito ya existentes, con un tamaño menor y de un color distinto, para no obstruir la visualización de la cartelería pública oficial.

ARTÍCULO 4°: Se tendrá que comunicar a la Subsecretaria de Cultura, Educación y Derechos Humanos con siete (7) días de anticipación, la colocación de dicha señalética.

ARTÍCULO 5°: Se reconocen como veteranos de guerra, que podrán hacer uso del reconocimiento los siguientes nombres:

– Gorosito Héctor Omar.
– Silvestre Jorge Enrique
– Mengarelli Marcelo Fabián
– Ni Coló Guillermo Raúl
– Orsi Juan Carlos
– Bemba Javier Anibal
– Mulatero luis Antonio
– Chidichimo Hugo Daniel
– Juan Carlos Ruviera.
 

Artículo 6°: De forma.

 

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