PROYECTO DE COMUNICACIÓN

VISTO la Ordenanza 105/2017, Decreto de Promulgación 2444/2017, referente a la declaración como Patrimonio Histórico Cultural de Saladillo las antiguas argollas para atar caballos, que se encuentran en la ciudad cabecera y en las localidades del interior del Partido; y

 

CONSIDERANDO:

Que, dicha ordenanza se fundamenta, entre otras consideraciones realizadas, en la Ordenanza Nº 27/2003, promulgada por Decreto Nº 775/08 referida a la Conservación y Protección del Patrimonio Cultural de Saladillo, y la Ordenanza Nº 76/2011 por la que se declaran distintos sitios y lugares Patrimonio Cultural;

 

Que, en este marco, se tuvo presente que las antiguas argollas para atar caballos identificadas en distintas partes de nuestra ciudad contienen un significativo valor histórico tanto material como simbólico;

 

Que, hasta el momento de la promulgación de la Ordenanza 105/2017 se conservaban estas argollas para atar caballos, ocupado el espacio público, y estaban identificadas, en distintos lugares de la planta urbana en un número de 14 (catorce);

 

Que, hasta el momento se ha señalizado según lo pautado en el artículo 5º de la ordenanza 105/2017, solo dos de ellas sobre la Avenida Moreno, entre San Martin y Rivadavia, y una sobre la Avenida Rivadavia entre Moreno y Belgrano frente a la Plaza Principal;

 

Que, es menester no dejar pasar el tiempo y correr el riesgo de perderlas por refacciones y trabajos de mantenimiento de veredas y obras en la vía pública;

 

Que, por otra parte, estas deben están debidamente inventariadas, con detalles de ubicación y frentistas propietarios;

 

Que, con esta Ordenanza le da al Municipio los instrumentos legales para diseñar y aplicar políticas públicas que velen por el Patrimonio Cultural de Saladillo, por lo que se convierte en derecho su plena vigencia y cumplimiento para la comunidad;

 

Por todo lo expuesto, los Concejales de Unidad Ciudadana, Amaro Sarlo y María Mancini, ponen en consideración del Honorable cuerpo de concejales el siguiente:

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

ARTICULO 1º: Solicitase al Departamento Ejecutivo , a través de las áreas que correspondan se informe sobre el avance en la ejecución de los pautado en la Ordenanza 105/2017 por la que se declaró como bienes parte del Patrimonio Histórico Cultural de Saladillo a las antiguas argollas para atar caballos que se encuentran identificadas, sin perjuicio de ser incorporadas con el mismo carácter otras que puedan identificarse con posterioridad a la aprobación de la presente Ordenanza, en la ciudad cabecera o en las localidades del interior.

 

ARTICULO 2º: Detállese en el informe mencionado si se ha:

 

  1. Confeccionado un inventario de estas argollas, en el que conste la precisa ubicación, titularidad del propietario frentista y archivo fotográfico. art. 2º de la Ord. 105/2017.
  2. Incorporado las argollas para atar caballos al Registro de los Bienes integrantes del Patrimonio Cultural y Natural de la Ciudad de Saladillo, siendo parte del inventario correspondiente. Ref. art. 3º de la Ord. 105/2017.
  3. Comunicado a los frentistas propietarios donde se encuentran ubicadas las argollas mencionadas del grado de responsabilidad que les compete de acuerdo con lo pautado en los artículos de la Ordenanza Nº 27/2003. art. 4º de la Ord. 105/2017.
  4. Señalizado los lugares donde se encuentran emplazadas dichas argollas para atar caballos, con el fin de poder ser apreciadas por los vecinos y como aporte al circuito turístico. Ref. Ref. art. 5º de la Ord. 105/2017.

ARTICULO 3º: De no haberse cumplimentado con lo que pauta dicha ordenanza, en todos sus artículos, infórmese de los motivos que lo han impedido, detallando el grado de avance.

 

ARTICULO 4º: De forma.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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