VISTO el expediente nº 227/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 3537/2019, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. María Consuelo González; y
CONSIDERANDO que en la Décima Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 24 de setiembre de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja aprobar en un 50 % la eximición del pago de la Tasa de Servicios Urbanos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago, según el artículo n° 2 de la Ordenanza 158/2017, del 50% de la Tasa de Servicios Urbanos, a favor de la Sra. María Consuelo GONZÁLEZ (D.N.I. N° 6.266.011), con domicilio en calle 12 de Octubre 2245, Casa n° 6, de nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticuatro días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve.-
DECRETO H.C.D. Nº 56/2019.-