VISTO el expediente Nº 96/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente Nº 7752/2018, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor del Sr. Hugo Abel LISSALDE; y
CONSIDERANDO que en la Décima Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 19 de noviembre de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja eximir en un 100% el pago de la tasa de Servicios Urbanos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTÍCULO 1º: Exímase del pago, según el artículo 2° de la Ordenanza N° 158/2017, del 100% de la tasa de Servicios Urbanos, a favor del Sr. Hugo Abel LISSALDE (D.N.I. N° 5.253.324) con domicilio en calle Volonté nº 2.439 de nuestra ciudad.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. –
DECRETO H.C.D. Nº 62/2019.-