VISTO el expediente Nº 104/2021, iniciado por el Departamento
Ejecutivo mediante expediente Nº 395/2021, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las
Tasas Municipales a favor de la Sra. Prudencia Susana VIOLA; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a
cabo el día 07 de julio de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la
Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja eximir en un 50% del pago de la
Tasa de Servicios Sanitarios;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTÍCULO 1º: Eximir del pago, según el artículo 4º de la Ordenanza Nº 158/2017, del 50% de la
Tasa de Servicios Sanitarios, a favor de la Sra. Prudencia Susana VIOLA (D.N.I. Nº 1.938.486), con
domicilio en calle Estrada Nº 3580, de nuestra ciudad.-
ARTÍCULO 2º: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir,
publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
SALADILLO, a los siete días del mes de julio del año dos mil veintiuno.-
DECRETO H.C.D. Nº 30/2021.-