VISTO el expediente nº 77/2011, iniciado por ECOS de Saladillo – RENACE, que eleva nota presentando inquietudes sobre la utilización de cañerías de fibrocemento; y CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 30 de mayo de 2011, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Salud […]
VISTO el expediente nº 77/2011, iniciado por ECOS de Saladillo – RENACE, que eleva nota presentando inquietudes sobre la utilización de cañerías de fibrocemento; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 30 de mayo de 2011, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente que propone enviar una Resolución al Grupo Ecos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Grupo ECOS de Saladillo – RENACE, adjunten a la nota enviada con fecha 5 de mayo del corriente año, los trabajos científicos que avalen los dichos del Dr. Daniel Verseñazzi, con el fin que podamos contar con toda la información referente al tema de asbesto en agua.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Grupo ECOS de Saladillo y al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil once.-
RESOLUCION Nº 15/2011.-