VISTO el expediente nº 9/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente Nº 2176/2019, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor del Sr. Guillermo Antonio DÍAZ; y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 29 de mayo de 2020, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja aprobar en un 100% la eximición del pago de la Tasa de Servicios Sanitarios;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Eximir del pago, según el artículo 4º de la Ordenanza nº 158/2017, del 100% de la Tasa de Servicios Sanitarios, a favor del Sr. Guillermo Antonio DIAZ, (D.N.I. Nº 22.020.197), con domicilio en calle Roque Sáenz Peña Nº 2942, de nuestra ciudad.-
ARTICULO 2º: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil veinte.-
DECRETO H.C.D. Nº 2/2020.-