VISTO el expediente nº120/90, iniciado por los Señores Aramendi, Carlos Roque y Aramendi, Juan Carlos, mediante el cual solicita eximición de la Tasa de Reparación, Conservación y Mejorado de la Red Vial Municipal; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 17 de mayo del año 1993, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja rechazar la solicitud de los peticionantes;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Recházase la solicitud presentada por los Señores Aramendi, Carlos Roque y Aramendi, Juan Carlos, de eximición de la Tasa de Reparación, Conservación y Mejorado de la Red Vial Municipal, atento a lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos noventa y tres.-
DECRETO H.C.D.Nº3/93.-