VISTO el expediente nº 15/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente Nº 109/2020, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. María MENGONI; y

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 29 de mayo de 2020, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja aprobar en un 50% la eximición del pago de la Tasa de Servicios Sanitarios;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTÍCULO 1º: Eximir del pago, según el artículo 2º de la Ordenanza Nº 158/2017, del 50% de la Tasa de Servicios Sanitarios, a favor de la Sra. María MENGONI (D.N.I Nº 3.910.230), con domicilio en calle San Martín Nº 2417, de nuestra ciudad. –

ARTÍCULO 2º: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil veinte.-

DECRETO H.C.D. Nº 6/2020.-

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