VISTO el Expediente Nº 1479/85 elevado por el Departamento Ejecutivo (correspondiente al 167/87 de este Honorable Cuerpo) por el cual el Club Atlético Argentino solicita cesión de la calle José Ingenieros entre Avenida Pereyra y M. Estrada, para convertirla en playa de estacionamiento para eventos deportivos; y

CONSIDERANDO que si bien en los artículos 55 y 56 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, facultará a este Honorable Cuerpo a transmitir un Bien Público, como el requerido, el espíritu del informe del Secretario de Obras y Servicios Públicos de esta Municipalidad (obrante a fs. 2 de las presentes actuaciones), limita en el tiempo y en el uso la calle indicada;

que, hacer lugar a lo peticionado y respetar los principios que hacen al desarrollo urbanístico de la ciudad son dos cosas que se tornan opuestas;

y teniendo en cuenta lo resuelto por la Comisión de Presupuesto y Hacienda;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Recházase la solicitud del Club Atlético Argentino requiriendo la calle José Ingenieros entre Avenida Pereyra  y M. Estrada de Saladillo, a los efectos de realizar en las mismas mejoras para ser anexadas a dicha Institución.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, s los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete.-

DECRETO H.C.D. Nº 6/87.-

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