VISTO el expediente nº102/92 del Honorable Concejo Deliberante iniciado por la señora Britos de Smiht, María y otro; mediante expediente nº1226/B/92, por el cual solicita autorización para la subdivisión de una parcela en la localidad de Polvaredas; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Ordinaria del día 15 de junio del año 1992 el Honorable Concejo Deliberante aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanza que aconseja no atender casos de excepción presentados por particulares, no incluido en la Ordenanza 565/79 sobre reglamentación de la Ley de Uso de Suelos Nº8912;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Recházase la solicitud efectuada por la Señora Britos de Smiht, María y otro con relación al pedido de autorización para la subdivisión de la Parcela 1515-e de la Circunscripción IV (Polvaredas), por no encuadrarse en la normativa vigente, Ordenanza Nº565/79 que reglamenta la Ley de Uso de Suelos Nº8912.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo y la Señora Britos de Smiht, María, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los quince días del mes de junio de mil novecientos noventa y dos.-
DECRETO H.C.D. Nº7/92.-