VISTO el expediente nº 35/08, iniciado por el Bloque del Frente para la Victoria, que eleva proyecto de Resolución modificando el artículo 24º del Reglamento Interno de este Honorable Cuerpo sobre las funciones de la Comisión de la Producción;

que, en su Capítulo IV, artículo 18º, el Reglamento estipula las Comisiones Permanentes del Honorable Concejo, una de estas comisiones se denomina: DE LA PRODUCCIÓN;

que, de acuerdo con el artículo 24º, las funciones de la Comisión de la Producción, no están debidamente delimitadas en su objeto como el resto de las Comisiones, el testo es el siguiente: “Corresponde a la Dirección de la Producción dictaminar sobre todo lo que se relaciona en los problemas del campo en todos los órdenes”

que, es urgente y necesario que esta Comisión que debe entender sobre asuntos de un grupo muy numeroso de vecinos: los productores, debe contar con una mayor especificación del cual es su rol;

que, en concordancia con el resto de las comisiones se deberá pautar los alcances de la temática a normatizar y de la temática a recepcionar y promover en cuanto a las inquietudes del sector;

que, es competencia de la Presidencia de este Honorable Cuerpo y de los Señores Concejales determinar las Comisiones y el alcance de las mismas; y

CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 29 de abril de 2008, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja la sanción de dicha modificación tal cual fue presentado por dicho Bloque del Frente para la Victoria;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Modifícase el artículo 24º del Reglamento Interno de este Honorable Concejo Deliberante, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 24º: Corresponde a la Comisión de la Producción dictaminar sobre las peticiones y necesidades de los distintos sectores de la producción del Distrito de Saladillo: producción agrícola y ganadera, producciones intensivas, producciones alternativas, producción agro-industrial, producción industrial, PYMES, producciones familiares.- Como así también atender las demandas de las instituciones ligadas a estos sectores, cooperativas, cámaras, federaciones, sociedades, con representatividad en el Partido de Saladillo.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil ocho.-

DECRETO H.C.D. Nº 8/08.-

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