VISTO el expediente nº 223/06, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 5334/06, que eleva nota adjuntando declaraciones juradas de vecinos, que solicitan eximición de Tasas Municipales; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 24 de julio de 2007, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar un Decreto, eximiendo en un 100 %  de la Tasa de Agua y Cloacas y suspender del 100 % de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos a los siguientes contribuyentes: Cantero de Ferrario, Elba; Traveza, Romelia; Cieza Miguel Angel; Papavero, Yolanda Ester y Rodríguez Elsa María; y denegar las solicitudes de Pardo Nilda Noemí y Lambert María Guillermina, atento a no cumplir con lo establecido en la Ordenanza Nº 39/94;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Exímase del pago del 100 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspéndase del pago del 100% de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a los siguientes contribuyentes:

APELLIDONOMBRESDOMICILIO
CANTERO de FERRARIOElbaA. de Toledo Nº 2625
TRAVEZARomeliaRoca Nº 3381
CIEZAMiguel AngelR. Rojas Nº 2810
PAPAVEROYolanda EsterJ.V. González Nº 3431
RODRIGUEZElsa MaríaPosadas Nº 3438

ARTICULO 2º: Denéguese la solicitud de eximición de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a los siguientes contribuyentes:

APELLIDONOMBRESDOMICILIO
PARDONilda NoemíBº CUEC – Duplex 31
LAMBERTMaría GuillerminaI. Frocham Nº 3009

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil siete.-

DECRETO H.C.D. Nº 10/07.-

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