VISTO el expediente nº 84/90, iniciado por la Sucesión Anunciada PIERELLI de CAMILETTI sobre eximición del Impuesto Red Vial Campo 119 hectáreas;
Que, la Comunicación nº 17/90 de este Honorable Concejo Deliberante elevando el pedido al Departamento Ejecutivo con fecha 4 de junio de 1990; y
CONSIDERANDO que por la Ordenanza 955, las solicitudes de eximición – Año 1990, se recibieron hasta el 30 de septiembre de 1989, fecha que fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 1989 únicamente;
Que, las solicitudes presentadas ante este Honorable Concejo Deliberante serán consideradas para el año 1991, debiendo abonar por consecuencia el año 1990;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
DECRETO
ARTICULO 1º : Recházase el pedido de eximición de Tasas Red Vial a l a Sucesión Anunciada Pierelli de Camiletti por presentación fuera de término.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a los integrantes de la Sucesión Anunciada Pierelli de Camiletti, dése al Registro oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciséis días del mes de julio de mil novecientos noventa.-
DECRETO H.C.D. Nº 12/90. –