VISTO el expediente nº 71/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 933/2018, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. María Herminda Morales; y

CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 22 de mayo de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja aprobar en un 100% la eximición del pago de la Tasa de Barridos, Limpieza y Recolección de Residuos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Exímase el pago, según el artículo 2º de la Ordenanza Nº 158/2017,  del 100 % de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a favor de la Sra. María Herminda MORALES (DNI 5.906.358), con domicilio en calle Suquía Nº 3.122  de nuestra ciudad.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidos días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.-

DECRETO H.C.D. Nº 17/2018.-

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