VISTO el expediente nº 153/96, iniciado por ambos Bloque de Concejales de Saladillo, mediante el cual elevan proyecto de Decreto referente a la realización de visitas al Honorable Concejo Deliberante por parte de las delegaciones escolares de nuestro partido;
que, hemos visto con agrado que, en varias oportunidades, alumnos, maestros y profesores de nuestro partido, han colmado con inquietudes, el Recinto del Honorable Concejo Deliberante;
que, los Concejales generalmente, no tenemos horarios predeterminados para concurrir a la Municipalidad; de allí que en muchas de esas ocasiones mencionadas, no se encontraran la gran mayoría de nosotros;
que, sería necesario que organicemos en conjunto un mecanismo institucional, que bien podría estar coordinado por los organismos y comisiones naturales del Concejo, esto es Secretaría y demás Comisiones constituídas, al efecto de producir, a modo de turnos consensuados -según la decisión y opción de cada Concejal-, la participación con los ilustres visitantes;
que, sería conveniente que el Concejo produjera una documentación, que en síntesis, refleje datos estadísticos sobre nuestro partido y, alguna otra idea que surja del debate en Comisiones;
que, la participación y protagonismo del pueblo, con más, el conocimiento y estudio de nuestra propia historia, son fenómenos culturales que hacen a nuestra propia identidad, como SALADILLENSES, BONAERENSES Y ARGENTINOS;
que, esa cultura, sinónimo de cultivo, debe hacerse en la niñez.- Una sentencia antigüa así lo demuestra -comprobada por los hechos y la realidad-, “si no queremos castigar a los adultos, eduquémoslos cuando son niños”; y
CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 8 de julio del año 1996, el Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Fíjanse los días hábiles, en los horarios de 10:00 a 12:00 y, de 17:00 a 19:00 horas, para la realización de visitas al Honorable Concejo Deliberante por parte de las delegaciones escolares de nuestro partido.-
ARTICULO 2º: Anualmente la Presidencia producirá una lista de Concejales concurrentes y en los turnos que ellos optaren.-
ARTICULO 3º: Anualmente la Presidencia invitará por nota a los Superiores Jerárquicos de cada uno de los Establecimientos Educativos comunicando los turnos de atención de las visitas.-
ARTICULO 4º: La Presidencia encargará la redacción de un Boletín informativo que será entregado a los visitantes en cantidad y formas, extrínseca e intrínseca que se determinaren.-
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de julio del año mil novecientos noventa y seis.-
DECRETO H.C.D. Nº 17/96.-
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