VISTO el expediente nº 96/99, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 861/99, que eleva nota adjuntando declaraciones juradas de vecinos quienes solicitan la eximición del pago de las Tasas Municipales; y

CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 12 de julio de 1999, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja otorgar las eximiciones según lo establecido en fojas 2 del presente expediente y respecto a los pedidos a considerar por este H.C.D., la Comisión ha decidido lo siguiente: D`Aloía M. Angélica: 50 %; Di Carlo José: no corresponde y Vivas Atilio Pedro: 100 %;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Exímase del pago del 100 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspéndase del pago del 100% de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a los siguientes contribuyentes:

APELLIDONOMBRESDOMICILIO
CARBONARIEnriqueEcheverría 2654
CLAVERIJuan MiguelAlisal 2339
DI VELAElsaDellatorre 2879
FUNESPabloOrtíz 4298
MAGIAmérico SéptimoAlmafuerte 3557
MAGNARELLIElsaPosadas 3578
ORTALLIAlberto AnselmoBarrio 272 Viviendas – Casa 42
PIOVOSOJosé MaríaEcheverría 2149
VALENTINArgentino NicolásMariano Acosta 3516
VIVASAtilio PedroPereyra e/ Alisal y Rojas

ARTICULO 2º: Exímase del pago del 50 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspéndase del pago del 50 % de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a los siguientes contribuyentes:

APELLIDONOMBRESDOMICILIO
CANTEROFernandoSarmiento 3436
D`ALOIAM. AngélicaSan Martín y J. B. González
DEZEOOlga NoemíMartín Fierro 3342
INTROPIDOMagdalenaCabral 2815

ARTICULO 3º: Denéguese la eximición solicitada a la siguiente contribuyente:

* DI CARLO, José – Yrigoyen 2332.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve.-

DECRETO H.C.D. Nº 17/99.-

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