VISTO el expediente nº 184/00, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1274/00, que eleva nota adjuntando declaraciones juradas de vecinos quienes solicitan la eximición del pago de las Tasas Municipales; y
CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 7 de agosto de 2000, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que decide aprobar lo solicitado en un 100% en los afiliados que figuran en foja 1 y respecto a los afiliados Paris Gerardo; Biedma Irma; Caporale Mario; Garaventa Marta Liliana; Aguilar Raúl Alberto a los cuales se le otorga el 50 % de eximición;.-
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago del 100 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspéndase del pago del 100% de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a los siguientes contribuyentes:
| APELLIDO | NOMBRES | DOMICILIO |
| ARANDA | Nélida alejandra | Alisal 3434 |
| ALBERTENGO | Angela Marcela | Sánchez 3566 |
| GIOVACHINI | Restituto Antonio | Sarmiento s/n – Del Carril.- |
| LUNA | Carmen | Posadas 2662 |
| MORENA | Mauricio | Viale 3355 |
| SANDOBAL | Silvia Beatriz | Pereyra e Ibarbia |
| CLAVERI | Martín Miguel | Cabral 2415 |
| DUARTE | Alfredo | Seguí 1353 |
| FERRARA | Juan Carlos | Posadas 2074 |
ARTICULO 2º: Exímase del pago del 50 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspéndase del pago del 50% de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a los siguientes contribuyentes:
| APELLIDO | NOMBRES | DOMICILIO |
| PARIS | Gerardo | Dellatorre 2810 |
| BIEDMA | Irma | Emparanza 2979 |
| CAPORALE | Mario | Alem y Estrada – Dpto. 6 – P.B. |
| GARAVENTA | Marta Liliana | Barrio 96 Viviendas – Casa 15 |
| AGUILAR | Raúl alberto | Ortíz 1923 |
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de agosto del año dos mil.-
DECRETO H.C.D. Nº 18/00-