VISTO el expediente N° 209/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 4427/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar el Decreto N° 1963/2021, mediante el cual se dona leña a las comisiones directivas de distintas instituciones de la localidad de Cazón; que, hubo un importante desprendimiento de ramas y la caída de […]

VISTO el expediente N° 209/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 4427/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar el Decreto N° 1963/2021, mediante el cual se dona leña a las comisiones directivas de distintas instituciones de la localidad de Cazón;

que, hubo un importante desprendimiento de ramas y la caída de árboles que produjo el temporal de fuertes vientos, abundantes lluvias y caída de granizo acaecido el 8 de agosto del corriente año en el partido de Saladillo;

que, el temporal descripto impactó con mayor intensidad en la localidad de Cazón, razón por la cual, fue la más perjudicada en cuanto a las consecuencias que produjo;

que, en ese contexto, es una preocupación para el Estado Municipal los efectos dañosos que se produjeron en los montes del Parque del Ferrocarril, no solo por la peligrosidad que los mismos generan sino también por la adecuada conservación del patrimonio histórico que constituyen esos espacios;

que, en este escenario, el personal y la maquinaria municipal no es suficiente para poder paliar con los destrozos del evento climático, los cuales no solo se reducen en los desprendimientos de ramas y caída de árboles sino también en voladuras de techos, filtraciones y perjuicios diversos en viviendas familiares, como asimismo otras destrucciones provocadas en el sector industrial, ganadero y agropecuario;

que, en ese marco de situación, advirtiendo la premura con la que mereció ser tratada la situación dejada por el temporal, dado el peligro que genera, el Departamento Ejecutivo creyó oportuno convocar a las instituciones de la localidad de Cazón a fin de diagramar un operativo para la limpieza y retiro de leña de los espacios públicos de dicha localidad;

que, para llevar a cabo dicha limpieza se requirió de maquinaria, equipamientos y elementos de seguridad acordes al riesgo de la tarea, con la necesaria intervención de un privado;

que, el Departamento Ejecutivo, que apoya constantemente a las instituciones y la inigualable labor desplegada por las mismas, consideró oportuno donar la leña a las instituciones a fin de que los fondos que pudieran obtener de la venta sea utilizada en beneficio de las mismas; todo lo cual se efectuó mediante el Decreto N° 1963/2021, dictado ad referéndum, atento a la premura que merecía la cuestión a fin de contener la situación generada por el temporal;

que, en ese marco de situación, por dicho acto administrativo se autorizaron a las instituciones a contratar un servicio privado para realizar la extracción de leña, con suscripción del contrato correspondiente;

que, para ello, se dispuso que la Delegación Municipal de Cazón y la Subsecretaría del Vivero Municipal determinaran el espacio donde se podrá realizar la extracción de ramas caídas y aquellas especies arbóreas que podrán ser retiradas por el particular contratado por las instituciones, confeccionando un registro, todo ello tendiente a la conservación de los árboles nativos y de mayor edad;

que, todo ello deriva en una donación de leña a favor de las instituciones que la comercializarán con quien lleve a cabo la labor en los montes de Cazón, por lo que en virtud de lo que regula el artículo 57° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, resulta oportuno y conveniente dar intervención al Honorable Concejo Deliberante a fin de que convalide el Decreto N° 1963/2021 dictado ad referéndum; y

CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 7 de septiembre de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1: Convalidar el Decreto N° 1963/2021 del Departamento Ejecutivo, mediante el cual se dona la leña obtenida de la limpieza llevada a cabo en los montes ubicados en el Parque del Ferrocarril de la Localidad de Cazón a las Comisiones Directivas del Club de Cazón, de la Escuela Primaria N° 9, de la Escuela Secundaria Agropecuaria y del Jardín de Infantes “Nidito Alegre”.-

ARTÍCULO 2: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno.-

ORDENANZA N° 68/2021.-

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