VISTO el expediente N° 176/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 3490/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza solicitando aceptar la donación de la obra “Homenaje al Dr. Alejandro Armendáriz”, efectuada por la Fundación Arte en las Fábricas y realizada por el artista Alejandro Marmo; que, mediante el expediente N° 3490/F/2021 la “Fundación Arte […]
VISTO el expediente N° 176/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 3490/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza solicitando aceptar la donación de la obra “Homenaje al Dr. Alejandro Armendáriz”, efectuada por la Fundación Arte en las Fábricas y realizada por el artista Alejandro Marmo;
que, mediante el expediente N° 3490/F/2021 la “Fundación Arte en las Fábricas”, manifiesta su intención de donar a la Municipalidad de Saladillo una obra del Escultor y Artista Visual Alejandro Marmo, quien además preside dicha fundación;
que, se trata de una obra iconografía de ambas caras denominada “Homenaje al Dr. Alejandro Armendáriz”, realizada en hierro color óxido de material de descarte, que tiene una altura de tres (3) metros aproximadamente y ancho de dos (2) metros sesenta (60) centímetros, siendo el espesor del hierro de 3,5 milímetros, teniendo un peso aproximado de sesenta (70) kg.;
que, el donante manifiesta que esta donación la hace libre y espontáneamente;
que, el artículo 57° del Decreto Ley 6769/58 –Ley Orgánica de las Municipalidades- establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante aceptar o rechazar las donaciones ofrecidas a la Municipalidad;
que, la obra descripta sería colocada en la rambla de la Av. Ibañez Frocham, en el tramo comprendido entre la Avenida Mariano Acosta y Ruta Nacional N° 205;
que, conforme a lo normado por los incisos 2 y 3 del Artículo 27º del Decreto Ley N° 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades -, “corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar: 2) El trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación de calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y las delineaciones y niveles en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial; 3) La conservación de monumentos, paisajes y valores locales de interés tradicional, turístico e histórico”; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 17 de agosto de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aceptar la donación efectuada por la “Fundación Arte en las Fábricas” de la obra iconografía de ambas caras del Escultor y Artista Visual Alejandro Marmo, denominada “Homenaje al Dr. Alejandro Armendáriz”, realizada en hierro color óxido de material de descarte, que tiene una altura de 3 metros aproximadamente y ancho de 2,60 metros, siendo el espesor del hierro de 3,5 milímetros, con un peso total aproximado de setenta (70) kg.-
ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo la colocación de la obra descripta en el artículo primero, en la rambla de la Av. Ibañez Frocham, en el tramo comprendido entre la Avenida Mariano Acosta y Ruta Nacional N° 205 de la ciudad cabecera.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.-
ORDENANZA N° 63/2021.-