VISTO el expediente N° 188/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 3914/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a declarar la incompetencia de la Dirección de Ingresos Públicos y de la Secretaría de Hacienda para realizar diversas tareas; que, mediante el Decreto 464/2021 se declara la incompetencia de la Dirección de Ingresos Públicos […]

VISTO el expediente N° 188/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 3914/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a declarar la incompetencia de la Dirección de Ingresos Públicos y de la Secretaría de Hacienda para realizar diversas tareas;

que, mediante el Decreto 464/2021 se declara la incompetencia de la Dirección de Ingresos Públicos y de la Secretaría de Hacienda, por carecer de personal para realizar diversas tareas;

que ,al no contar las respectivas áreas con personal idóneo, o bien con el que se cuenta se encuentra abocado a otras tareas, deviene necesario proceder a la contratación de quien pueda llevarlas a cabo con la idoneidad propias de la actividad de que se trate;

que, doctrinariamente el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha considerado factible la contratación de profesionales por parte del Departamento Ejecutivo, siempre que no se cuente con personal especializado o el existente se declare incompetente;

que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, este tipo de contrataciones por parte de la municipalidad, serán considerados gastos especiales;

que, atento ello resulta necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante en un todo de acuerdo al artículo 32 de la ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, no obstante lo cual, y dada la premura que merece la disposición del recurso humano mencionado, se procedió al dictado de un decreto ad referéndum autorizando la contratación en cuestión; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 17 de agosto de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad, el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, quien aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Convalidar la declaración de incompetencia de la Dirección de Ingresos Públicos y de la Secretaria de Hacienda, área a la cual pertenece la primera, efectuada mediante Decreto 464/2021 del Departamento Ejecutivo, para realizar las tareas de asistencia y consultoría de la comunicación, diseño de una campaña publicitaria y de piezas de comunicación y la confección de videos sobre diferentes temas de interés para los contribuyentes de la localidad de Saladillo.-

ARTÍCULO 2°: Autorizar y aprobar los gastos de carácter especial originados por la contratación del personal idóneo efectuada en el marco de las incompetencias declaradas por el decreto mencionado en el artículo que antecede.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.-

ORDENANZA N° 56/2021.-

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