VISTO el expediente n°172/2020, iniciado por el Bloque de Concejales del Frente de Todos, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a imponer el nombre de Ignacio Goñi, a una calle de nuestra ciudad; que, surge a partir de la iniciativa de la vecina Analía Maidana, y teniendo presente las condiciones personales del señor Ignacio Goñi, […]
VISTO el expediente n°172/2020, iniciado por el Bloque de Concejales del Frente de Todos, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a imponer el nombre de Ignacio Goñi, a una calle de nuestra ciudad;
que, surge a partir de la iniciativa de la vecina Analía Maidana, y teniendo presente las condiciones personales del señor Ignacio Goñi, su la trayectoria profesional y empresarial, como así mismo el compromiso con la comunidad a través del trabajo en distintas instituciones;
que, Ignacio Goñi (padre) era oriundo de nuestra ciudad dado su nacimiento en Saladillo el 2 de julio 1945, transcurriendo su infancia, adolescencia y juventud en la misma, junto a su familia. Habiéndose trasladado posteriormente a Buenos Aires por unos años, donde residió y desarrolló su carrera artística, regresando luego a su ciudad natal donde vivió hasta su fallecimiento el 29 de mayo de 1999;
que, siendo muy joven, el 18 de octubre de 1962, participa de la primera actuación actoral en “Sinvergüenza” con el grupo vocacional de teatro “Elía Alippi” de Saladillo;
que, poco tiempo después, en el año 1965 se traslada a la ciudad de Buenos Aires donde comienza su carrera actoral, iniciando su formación en la Escuela Nacional de arte dramático;
que, desde sus comienzos forma parte de importantes elencos, en reconocidos teatros de Buenos Aires, radio y televisión; para julio del año 1967 ya es parte de la Asociación Argentina de Actores como miembro de esa entidad;
que, es pródiga su carrera actoral, en distintos escenarios del país, trascendió las fronteras de nuestra ciudad, siendo indiscutible y ampliamente recordado por su participación actoral en programas cómicos de alcance nacional en televisión como Canal 9 y Canal 11, entre otros “La revista dislocada” o “Telecómicos”, donde se lo nombra y reconoce como “el pibe de Saladillo”;
que, su trayectoria artística fue reconocida además a través de los premios San Gabriel y Santa Clara de Asís;
que, Ignacio Goñi merece ser recordado además por los saladillenses por su participación en diversas instituciones intermedias de nuestra ciudad, como el Aeroclub Saladillo, el Autódromo de Saladillo, la Comisión de Asociados del Banco Credicoop, Cooperadora Policial, entre otras, muestra de su compromiso con la comunidad;
que, su aporte a la radiofonía de Saladillo es invalorable, dado que fue pionero a partir del desarrollo en 1977, de la radio por cable a través de Radio Saladillo, primer medio de comunicación de estas características que se conociera en nuestra ciudad, pasando a ser posteriormente también la primera FM, 90.7, impulso indiscutible al desarrollo de la radio en el ámbito local;
que, ha sido merecedor de distintos reconocimientos por entidades de nuestro medio, el Autódromo de Saladillo, impuso su nombre a una de las cabinas, Lam Teatro nombró a una platea, Ignacio Goñi, además el Concejo Deliberante instituyó el “Premio Ignacio Goñi” al mejor actor;
que, es digno de los pueblos tener y crear memoria en pos de homenajear en la letra y el recuerdo a quienes desde su trayectoria contribuyeron al desarrollo e identidad de nuestra ciudad, de allí asignar el nombre de una calle de nuestra ciudad es colocar a Ignacio Goñi, en la memoria permanente de Saladillo; y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 20 de abril de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Imposición de nombres de Calles, Edificios y Sitios Públicos, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADlLLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Imponer a una calle de la ciudad de Saladillo, el nombre de Ignacio Goñi, de acuerdo con la atribución que le confiere al Honorable Concejo Deliberante, Ley Orgánica de las Municipalidades y en los términos impuestos por la Ordenanza n°144/2018.-
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de abril del año dos mil veintiuno.-
ORDENANZA N°12/2021.-