VISTO el expediente n° 27/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente n° 1189/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar diversos Decretos en el marco de la pandemia por el Covid-19; que, la situación epidemiológica causada por el COVID-19 tuvo su origen en la ciudad de Wuhan –China-, la cual llevó en un […]
VISTO el expediente n° 27/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente n° 1189/2021, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar diversos Decretos en el marco de la pandemia por el Covid-19;
que, la situación epidemiológica causada por el COVID-19 tuvo su origen en la ciudad de Wuhan –China-, la cual llevó en un primer momento a la organización Mundial de la Salud (O.M.S.) a manifestar que el brote constituye una emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII), para luego, y en atención a los alarmantes niveles de por propagación de la enfermedad –se extendió por todo el mundo- y por su gravedad, caracterizar al COVID-19 como una pandemia;
que, a raíz de ello, tanto desde el Gobierno Nacional como de los Gobiernos de las distintas Provincias, se han ido adoptando medidas tendientes a mitigar la propagación, en la medida de lo posible, de los contagios del COVID-19 en la población argentina;
que, siguiendo los lineamientos del Gobierno Nacional y del de la Provincia de Buenos Aires, en nuestro caso, el Departamento Ejecutivo Municipal ha hecho lo propio;
que, atento el carácter de las medidas tomadas y dado que en muchos de los casos repercuten sobre derechos de los particulares, resulta conveniente y acertado que las mismas sean convalidadas por el Honorable Concejo Deliberante, sobre todo en un país democrático que tiene una forma de gobierno representativa y republicana;
que, en ese entendimiento se promulgó la Ordenanza N° 11/2020 que convalidó las medidas adoptadas por el Departamento Ejecutivo Municipal a través de los Decretos N° 627/2020, 635/2020, 643/2020, 672/2020, 673/2020, 709/2020, 710/2020, 711/2020, 714/2020, 715/2020, 717/2020, 719/2020, 745/2020, 746/2020, 752/2020, 754/2020, 768/2020, 780/2020, 781/2020, 782/2020, 783/2020, 785/2020, 794/2020, 805/2020, 820/2020, 821/2020, 822/2020, 841/2020, 845/2020, 846/2020, 847/2020 y 853/2020;
que, asimismo, se convalidaron los Decretos n° 864/2020, 865/2020, 879/2020, 880/2020, 888/2020, 890/2020, 893/2020, 894/2020, 914/2020, 939/2020, 963/2020, 971/2020, 978/2020, 992/2020, 1008/2020, 1043/2020, 1066/2020, 1070/2020, 1132/2020, 1197/2020, 1224/2020, 1277/2020, 1319/2020 y 1335/2020, a través de la Ordenanza n° 43/2020; y
que, por último, se sancionó la Ordenanza n° 53/2020, mediante la cual se convalidaron los Decretos n° 825/2020, 1521/2020, 1640/2020, 1654/2020 y 1674/2020;
que, no obstante, las medidas adoptadas, de acuerdo a las características del virus “COVID-19” y su impacto en variados ámbitos, al no haber desaparecido, desde los distintos estamentos gubernamentales se continuó con la adopción de medidas paliativas, buscando flexibilizar o restringir de acuerdo a la situación epidemiológica del momento;
que, siguiendo la inteligencia que llevó a sancionar y promulgar las Ordenanzas N° 11/2020, 43/2020 y 53/2020, resulta necesario hacer lo propio con los Decretos de fecha posterior, dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal, que tengan su fundamentación en lo dispuesto por el Decreto 297/2020 y concordantes del Poder Ejecutivo Nacional; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el día 05 de marzo de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Convalidar el Decreto N° 1712/2020 del Departamento Ejecutivo sobre la “Modificación excepcional del horario comercial por la celebración del Día de la Madre”, como así también todas las medidas adoptadas en virtud del mismo.-
ARTÍCULO 2°: Convalidar el Decreto N° 1730/2020 del Departamento Ejecutivo sobre “Las actividades deportivas, culturales y comerciales enmarcadas en la fase 3 del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, como así también todas las medidas adoptadas en virtud del mismo con plazo de vigencia del 20 al 26 de octubre del corriente.-
ARTÍCULO 3°: Convalidar el Decreto N° 1797/2020 del Departamento Ejecutivo “Las actividades deportivas, culturales y comerciales enmarcadas en la fase 3 del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, como así también todas las medidas adoptadas en virtud del mismo con plazo de vigencia del 27 de octubre de 2020 al 3 de noviembre de 2020.-
ARTÍCULO 4°: Convalidar el Decreto N° 1878/2020 del Departamento Ejecutivo sobre “Prórroga de las medidas dispuestas por Decreto n° 1797/2020”, como así también todas las medidas adoptadas en virtud del mismo con plazo de vigencia desde el 3 al 10 de noviembre de 2020.-
ARTÍCULO 5°: Convalidar el Decreto N° 1911/2020 del Departamento Ejecutivo sobre “Las actividades deportivas, culturales, comerciales, litúrgicas y sociales enmarcadas en la fase 3 del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, como así también todas las medidas adoptadas en virtud del mismo con vigencia desde el 11 al 24 de noviembre de 2020.-
ARTÍCULO 6°: Convalidar el Decreto N° 1916/2020 del Departamento Ejecutivo sobre “Protocolo para la Prevención y Control de COVID-19 en los establecimientos que presten un servicio de hospedaje con comida, por tiempo prolongado, con vigilancia médica de carácter asistencial no sanatorial, para uno o más adultos mayores donde pretendan autorizar visitas familiares de los residentes alojados”, como así también todas las medidas adoptadas en virtud del mismo.-
ARTÍCULO 7°: Convalidar el Decreto N° 2042/2020 del Departamento Ejecutivo sobre “Las actividades deportivas, culturales, comerciales y sociales enmarcadas en la fase 4 del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Ampliación de horarios y flexibilización de modalidades”, como así también todas las medidas adoptadas en virtud del mismo con vigencia desde el 25 de noviembre de 2020 al 1 de diciembre de 2020.-
ARTÍCULO 8°: Convalidar el Decreto N° 2103/2020 del Departamento Ejecutivo sobre “Autorización para el desarrollo de Colonias de Verano; música en vivo y DJs en locales destinados al expendió de comidas y bebidas como así también extensión de número de personas por mesa; y reuniones sociales en ámbitos privados”, como así también todas las medidas adoptadas en virtud del mismo con vigencia desde el 1 al 9 de diciembre de 2020.-
ARTICULO 9°: Convalidar el Decreto N° 2159/2020 del Departamento Ejecutivo sobre “Autorización de eventos culturales, deportivos y sociales. Funcionamiento de salones de eventos bajo la modalidad de un Restaurant o Bar y Funcionamiento de Trencito callejero”, como así también todas las medidas adoptadas en virtud del mismo con vigencia desde el 10 al 15 de diciembre de 2020.-
ARTÍCULO 10°: Convalidar el Decreto N° 2286/2020 del Departamento Ejecutivo sobre “Autorización excepcional para la Caravana de Egresados 2020. Ampliación de personas por mesa en comercios abocados al expendio de comidas y bebidas en locales gastronómicos y la ampliación de su horario de cierre por las fiestas de navidad y fin de año. Extensión del número máximo de personas para reuniones sociales en el ámbito privado para las fiestas de navidad y año nuevo”, como así también todas las medidas adoptadas en virtud del mismo.-
ARTÍCULO 11°: Convalidar el Decreto N° 507/2021 del Departamento Ejecutivo sobre “Autorización de Campeonato Oficial de la Liga de Fútbol de Saladillo”, como así también todas las medidas adoptadas en virtud del mismo.-
ARTÍCULO 12°: Convalidar el Decreto N° 568/2021 del Departamento Ejecutivo sobre “Extensión del horario de nocturnidad”, como así también todas las medidas adoptadas en virtud del mismo.-
ARTICULO 13°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cinco días del mes de marzo de dos mil veintiuno.-
ORDENANZA N°5/2021.-