Ordenanza N° 61/2020
- Fecha de sanción: 11/11/2020
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente n° 113/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 6664/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar y declarar de interés social la escrituración de un inmueble a favor de la Sra. Julia María Esther Fabricius; que, el expediente nº 6664-F-2019, fue iniciado por Julia María Esther Fabricius, DNI N° […]
VISTO el expediente n° 113/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 6664/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a donar y declarar de interés social la escrituración de un inmueble a favor de la Sra. Julia María Esther Fabricius;
que, el expediente nº 6664-F-2019, fue iniciado por Julia María Esther Fabricius, DNI N° 28.150.241, solicitando la escrituración mediante el mecanismo previsto en la Ley 10.830 del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 14; Manzana 14c; Parcela 19; Partida: 093-19330; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a nombre de la Municipalidad de Saladillo bajo la matrícula 11.219;
que, el inmueble en cuestión pertenece a la Municipalidad de Saladillo (fs. 23/31) sobre el cual se construyó un Plan de Viviendas Sociales conforme surge de la Ordenanza 5/1987;
que, del Acta de Notoriedad obrante a fs. 20/22 surge que el inmueble que se pretende escriturar fue adjudicado a la Sra. Amalia Susana Duarte;
que, a fs. 7 se encuentra anejado contrato de permuta en virtud del cual la Sra. Amalia Susana Duarte da en permuta a la Sra. Julia María Esther Fabricius, el inmueble que le fuera adjudicado por sorteo y cuyo resultado consta en el Acta de Notoriedad citada;
que, conforme a la encuesta social agregada a fs. 17/18 la Sra. Julia María Esther Fabricius habita la vivienda en cuestión junto a su grupo familiar;
que, atento nunca haberse confeccionado la escritura traslativa de dominio del inmueble en favor de la Sra. Duarte, la Municipalidad de Saladillo continúa figurando como titular registral;
que, resulta necesario consolidar jurídicamente dicha realidad por lo que el Director de Asuntos Legales considera conveniente que se efectúe una donación a favor de Julia María Esther Fabricius, DNI N° 28.150.241, del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 14; Manzana 14c; Parcela 19; Partida: 093-19330; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a nombre de la Municipalidad de Saladillo bajo la matrícula 11.219;
que, por su parte el artículo 3° de la Ley 10.830 establece: “La intervención de la Escribanía General de Gobierno deberá ser requerida por los funcionarios que determine el Poder Ejecutivo…”; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinara, llevada a cabo el día 11 de noviembre de 2020, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Donar a la Sra. Julia María Esther Fabricius, DNI N° 28.150.241, del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Quinta 14; Manzana 14c; Parcela 19; Partida: 093-19330; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires a nombre de la Municipalidad de Saladillo bajo la matrícula 11.219.-
ARTÍCULO 2°: Declarar de interés social la escrituración del inmueble detallado en el artículo 1° a favor de la Sra. Julia María Esther Fabricius, DNI N° 28.150.241, a cuyos efectos requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de autorizar su otorgamiento. –
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de noviembre del año dos mil veinte.-
ORDENANZA N° 61/2020.-