VISTO el expediente nº 154/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante expediente nº 2118/2019, quién eleva nota solicitando eximición del pago de las Tasas Municipales a favor de la Sra. Ester GIACAGLIA; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 02 de julio de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, que aconseja aprobar en un 100% la eximición del pago de la tasa de Servicios Urbanos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Exímase del pago, según el artículo 4° de la Ordenanza N° 158/2017, del 100% de la Tasa de Servicios Urbanos, a favor de la Sra. Ester GIACAGLIA (D. N. I. N° 4.939.866) con domicilio en la calle San Martín N° 2120 de nuestra ciudad. –

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dos días del mes de julio del año dos mil diecinueve.-

DECRETO H.C.D. Nº 26/2019.-

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