Ordenanza N° 131/2019
- Fecha de sanción: 27/12/2019
- N° Promulgación:
- Decreto Promulgación:
VISTO el expediente n° 347/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 7663/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a designar al Dr. Emanuel Machado como Secretario Letrado del Juzgado de Faltas de la ciudad de Saladillo; que, con motivo de la designación en el cargo de Juez de Faltas Municipal de la […]
VISTO el expediente n° 347/2019, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente n° 7663/2019, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a designar al Dr. Emanuel Machado como Secretario Letrado del Juzgado de Faltas de la ciudad de Saladillo;
que, con motivo de la designación en el cargo de Juez de Faltas Municipal de la Dra. Lorena Lía Zanardi, la Secretaría Letrada del mismo, creada por Ordenanza N° 42/2007, quedó acéfala;
que, por los mismos motivos que en su momento llevaron a crear la Secretaría Letrada, resulta necesario en la actualidad cubrir dicho cargo;
que, conforme a la citada Ordenanza, el sistema de selección del mismo es similar al de Juez de Faltas, siendo similares también sus requisitos, incompatibilidades e inhabilidades, las cuales y según el artículo 3º de la Ordenanza 951 que crea el Juzgado Municipal de Faltas son las siguientes: a) Ser argentino; b) Ser mayor de 25 años de edad; c) Poseer título de abogado con tres (3) años como mínimo de ejercicio profesional; y d) Tener o establecer su domicilio real en el partido;
que, el Dr. Emanuel Machado, D.N.I. N° 33.713.077, reúne los requisitos para el mismo, a tenor de los antecedentes personales y profesionales presentados, los cuales indican que posee la nacionalidad y la edad requerida; que obtuvo su título de abogado en la Universidad Nacional de Lomas de Zamora el 27 de abril de 2012, estando matriculado en el Colegio de Abogados de La Plata, desde el 7 de junio de 2016, e inscripta en el Tomo LXIII, Folio 203 del citado Colegio Profesional;
que, se adjuntan con la presente, fotocopia de la credencial de abogado del Dr. Emanuel Machado, fotocopia del título de abogado, acompañando asimismo el Curriculum Vitae;
que, el artículo 18° de la Ordenanza Nº 951, incorporado por Ordenanza Nº 2330, establece que El Secretario Letrado asiste en sus funciones al Juez de Faltas, y debe ser designado en la misma forma”;
que, en consecuencia los requisitos para ser designado secretario letrado son los siguientes: a) Ser Argentino; b) Ser mayor de 25 años de edad; c) Poseer título de abogado con tres (3) años como mínimo de ejercicio profesional; y d) Tener o establecer su domicilio real en el Partido. (Artículo 3° de la Ordenanza Nº 951);
que, por su parte el artículo 21° de dicho Decreto-Ley 8751/77 se establece: “Los Jueces de Faltas serán designados por el Intendente Municipal, previo acuerdo del Consejo Deliberante, que será prestado por simple mayoría de votos de los miembros que integran dicho Cuerpo”; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el día 27 de diciembre de 2019, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Préstese acuerdo para que el Señor Intendente Municipal designe como Secretario Letrado del Juzgado de Faltas con jurisdicción en el Partido de Saladillo al Dr. Emanuel Machado, D.N.I. Nº 33.713.077, en virtud de los antecedentes personales y de derecho señalados.-
ARTÍCULO 2°: Comuníquese la Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.-
ORDENANZA N° 131/2019.-