VISTO el expediente nº 231/99, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 1730/99, que eleva nota adjuntando declaraciones juradas de vecinos quienes solicitan la eximición del pago de las Tasas Municipales; y
CONSIDERANDO que en la Décima Quinta Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 15 de noviembre de 1999, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja producir las eximiciones que se proponen en fojas 2 y respecto a los Contribuyentes que quedan a consideración, esta Comisión ha decidido lo siguiente: Casella, Vicente: denegado; Fosca, zulema Susana: aprobada; Larocca, Patricia Noemí: denegada;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente
D E C R E T O
ARTICULO 1º: Exímase del pago del 100 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspéndase del pago del 100% de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a los siguientes contribuyentes:
| APELLIDO | NOMBRES | DOMICILIO |
| FOSCA | Zulema Susana | Posadas nº 3242 |
| SOSA | Rosa Elvira | Alem nº 2770 |
| SPOLTORE | Graciana | Rivadavia nº 2253 |
| ZAGAGLIA | Carlos Pacífico | Acosta nº 2236 |
ARTICULO 2º: Denéguese la eximición solicitada a los siguientes Contribuyentes:
| APELLIDO | NOMBRES | DOMICILIO |
| CASELLA | Vicente | J. A. Roca nº 3565 |
| LAROCCA | Patricia Noemí | Bº 272 Viviendas – Casa nº 177 |
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los quince días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.-
DECRETO H.C.D. Nº 28/99-