Ordenanza N° 63/1986

  • Fecha de sanción: 11/09/1986
  • N° Promulgación: 941
  • Decreto Promulgación: 221/86

ESTUDIOS Y DIAGNOSTICOS DE ENFERMEDADES EN NEONATOLOGIA.-ROIDISMO CONGENITO.-

VISTO la necesidad de preveer acciones que tiendan a una mejor atención de la salud; y

CONSIDERANDO que un diagnóstico precoz evita que se agraven determinados problemas orgánicos, y que además algunas enfermedades como la Fenilcetonuria y el Hipotiroidismo congénito sin un tratamiento temprano son causales de deficiencia mental;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de facultades que los son propias sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Declárase de Interés Público para el Municipio de Saladillo, la pesquisa neonatal de la Fenilcetonuria y del Hipotiroidismo Congénito.-

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Gobierno y Acción Social, promover la difusión de las medidas necesarias para el logro del diagnóstico precoz de las enfermedades entre la población concientizándola que mediante un sencillo tratamiento adecuado puede prevenirse un crecimiento anormal del niño.-

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo elaborará un programa de acción comunitaria, comprometiendo en su confección e instrumentación a Entidades Sanitarias Públicas y Privadas, a fin de accionar conjuntamente en la prevención de la discapacidad que produce la Fenilcetonuria y el Hipotiroidismo Congénito no tratado tempranamente.-

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo reglamentará a la brevedad posible la presente Ordenanza para efectivizar lo determinado por los artículos precedentes.-

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a Primero de Setiembre de mil novecientos ochenta y seis.-

ORDENANZA Nº63/86.-

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