Resolucion N° 29/1990
- Fecha: 6 agosto 1990
- Expediente: 74/1990
IMPLEMENTACION DEL BENEFICIO A JUBILADOS Y PENSIONADOS.-SOLICITAR A LAS AUTORIDADES DE LA COOPERATIVA ELECTRICA DE SALADILLO, ESPECIFICAR DE QUE MANERA ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE PUEDE COLABORAR CON LA IMPLEMENTACION DEL BENEFICIO A JUBILADOS Y PENSIONADOS – LEY 10.760.-
VISTO el expediente N° 74/90, iniciado por la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Limitada, referente a la implementación de descuento a jubilados y pensionados;
que, la Comunicación N° 15/90, girando al Departamento Ejecutivo dicho expediente y solicitando “Registro de Carenciados” para ser remitido a las autoridades de la mencionada Cooperativa;
que, la nota enviada por la Cooperativa con fecha 12 de julio de 1990, adjuntando texto ley 10760 y su reglamentación, además de “solicitar su valiosa colaboración para llevar a cabo la instrumentación de este beneficio a jubilados y pensionados”; y
CONSIDERANDO que en la séptima Sesión Ordinaria al Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar una Resolución solicitando a las Autoridades de la Cooperativa Eléctrica de Saladillo, tenga a bien, especificar de que manera este Honorable Concejo Deliberante puede colaborar con la implementación del beneficio a jubilados y pensionados;
R E S O L U C I Ó N
ARTICULO 1°: Solicítase a las Autoridades de la Cooperativa Eléctrica de Saladillo, especificar de que manera este Honorable Concejo Deliberante puede colaborar con la implementación del beneficio a jubilados y pensionados ley 10760.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, al Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica de Saladillo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de agosto de mil novecientos noventa.
RESOLUCIÓN N° 29/90.-